Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
11-03-2022 - 11:21
Fecha de Fin
15-03-2022 - 14:57
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
Vista las EETT la convocante requiere: “SERVICIO PROVISION Y MANTENIMIENTO DE SISTEMA INFORMATICO”, en tanto que el PBC remitido es de COSULTORIA (igualmente el Objeto del PAC). Solicitamos a la convocante aclarar puntualmente cual es el requerimiento de la Institución. //
Observaciones
Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Se requiere que se aplique la leyenda no aplica cuando no se requiere Anticipo
Descripción
Solicitamos incluir la leyenda “No Aplica” al Formulario de “Garantía de Anticipo”, considerando que no se otorgará Anticipo en el proceso de referencia.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.