Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 En el Ítem N.º 2: Cámara mini Domo – apartado Iluminación mínima. En el Ítem N.º 2: Cámara mini Domo – apartado Iluminación mínima. Como máximo 0.1 lux a F1.2, control automático de ganancia encendido. Como máximo 0.028 lux a F1.2, control automático de ganancia encendido . Como máximo 0 lux con IR Al respecto: Consultamos amablemente a la convocante si en Iluminación solicitada es mínima, pudiendo de esta forma ser aceptadas Lux a F2.0, es decir superior 22-09-2022 23-09-2022
22 Ítem N.º 2: Cámara mini Domo – apartado Alimentación En el Ítem N.º 2: Cámara mini Domo – apartado Alimentación solicita “12 VDC+- 10%” Alimentación 12 VDC+- 10% PoE (802, 3af, clase 3). Comprendemos que el requerimiento de Alimentación es 12 VDC+-10% mínima, es correcta nuestra apreciación?. En este caso sería factible presentar con 12 VDC+- 25% 22-09-2022 23-09-2022
23 *- Instalación de Equipos En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas del Ítem N.º 1: Cámara mini Bullet 2 MP, se solicita: “Garantía (1) un año, con provisión de repuestos y partes sin costo adicional, por el período de la garantía. En caso que la reparación sobrepase las 72 horas, el oferente deberá prever la provisión de un equipo de similar características técnicas en reemplazo. SI.” Luego, en otro apartado del Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Suministros y Especificaciones técnicas del Ítem N.º 2: Cámara mini Domo 2MP, se solicita: “Garantía (1) un año, con provisión de repuestos y partes sin costo adicional, por el período de la garantía. En caso que la reparación sobrepase las 72 horas, el oferente deberá prever la provisión de un equipo de similar características técnicas en reemplazo. SI.” Y más adelante, en un apartado del Pliego de Bases y Condiciones referido al Ítem N.º 3: NVR CH PoE en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas, se solicita: “Garantía (1) un año, con provisión de repuestos y partes sin costo adicional, por el período de la garantía. En caso que la reparación sobrepase las 72 horas, el oferente deberá prever la provisión de un equipo de similar características técnicas en reemplazo. SI.” Que, en vista a que el requerimiento de remplazar provisoriamente los equipos ante la eventualidad de una avería, implicaría necesariamente un trabajo de instalación de otro equipo, solicitamos a la convocante especificar si dicho requisito incluye la instalación del equipo provisorio o solamente la provisión. Favor confirmar lo consultado a fin de determinar con exactitud el alcance de los requerimientos establecidos por la convocante y que deberán ser tenidos en cuenta en el proceso de ejecución contractual por parte de quien resulte adjudicado. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, en virtud del Art. 20, penúltimo párrafo de la Ley 2051/03, el cual reza: “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
24 *- Plazo de Entrega En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Plan de entrega de los bienes, se solicita: “Fecha ( s ) final ( es )de Ejecución de los Bienes 30 días posteriores a la recepción de la orden de compra.” Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante extender el plazo de entrega a 90 (noventa) días como mínimo ya que las fabricas aun no operan con su normal capacidad de producción, esto debido a la situación de la post pandemia a consecuencia del Covid-19 que actualmente aún se está atravesando a nivel mundial, esto, sumado al conflicto armado entre Ucrania y Rusia que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado, se ven resentidas en atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, provocando serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando. Todos los eventos mencionados confluyen para establecer una situación de fuerza mayor, por lo que una consideración en este aspecto, permitirá la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “… no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
25 *- Detección de Rostros En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas, Ítem N.º 1: Cámara mini Bullet 2 MP se solicita: “Detección de rostros Requerido SI.” Considerando que lo requerido es solo la Detección de Rostro y no el Reconocimiento del Rostro; SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptadas cámaras con Detección de Rostros y/o Detección de Personas, ya que técnicamente la detección no solo se hará por rostro sino por el cuerpo humano. De esta manera la convocante se verá beneficiada con un sistema más ventajoso y la presentación de una mayor cantidad de oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
26 *- Certificaciones En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas. Ítem N.º 1: Cámara mini Bullet 2MP, se solicita: “Certificaciones CE-EMC, RCM, KC, WEEE, IEC, UL, CE-ROHS SI.” Considerando que ya se solicita que el equipo cumpla con la norma UL y CE que son las principales certificaciones internacionalmente utilizadas para este tipo de equipamientos; y siendo la certificación RCM similar al ISO; de igual forma la certificación IEC es similar a la certificación UL, y, siendo la certificación KC solo de productos aprobados para Corea, y la certificación WEEE solo para equipos aprobados para el Reino Unido; se tiene en este caso una limitación para la provisión de equipos de iguales o mejores características técnicas, por tanto, SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptadas Certificaciones CE y/o UL y/o ISO 9001. De esta manera la convocante se asegura de la calidad del equipo que será proveído. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
27 *- Disparadores de Alarma En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas, Ítem N.º 1: Cámara mini Bullet 2 MP se solicita: “Disparadores de alarma Requerido Micro SD/SDHC/SDXC (12gb), NAS (NFS, SMB/CIFS), ANR SI.” Entendemos que debe haber un error de tipeo en la redacción, y que lo requerido por la convocante es que la cámara posea Almacenamiento integrado; por tanto, SOLICITAMOS a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta modificar las especificaciones del pliego de bases y condiciones a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
28 *- Micro SD En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas. Ítem N.º 1: Cámara mini Bullet 2 MP, se solicita: “Disparadores de alarma Requerido Micro SD/SDHC/SDXC (12gb), NAS (NFS, SMB/CIFS), ANR SI.” Considerando que la función ANR es inherente a que la cámara tenga instalada una tarjeta de memoria; SOLICITAMOS a la convocante que sean aceptadas cámaras con Almacenamiento de Micro SD y/o NAS. De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de ofertas de otros potenciales oferentes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
29 *- Consumo Cámara Mini Domo En la Adenda del Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 17/09/2022, relacionada a la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas del Ítem N.º 2: Cámara mini Domo 2MP, se solicita: “Consumo 5W, PoE 6,5W SI.” Luego, en la Adenda del Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 17/09/2022, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Suministros y Especificaciones técnicas del Ítem N.º 2: Cámara mini Domo 2MP, se solicita: “Alimentación 12 VDC+- 10% PoE (802,3af, clase 3).” En atención a ambos requisitos, se solicita a la convocante que sean aceptados equipos con un Consumo Máximo ≤ 6 W y Consumo PoE Máximo ≤ 7,5 W, a fin de incorporar especificaciones más estandarizadas para la línea de equipos que son requeridos en este llamado y considerando que la modificación no afectará el desempeño técnico de los equipos y adicionalmente permitirá una mayor participación de otros potenciales oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 22-09-2022 23-09-2022
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