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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ffarias
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
25-01-2023 - 11:14
Fecha de Fin
30-01-2023 - 14:54
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
LA OBSERVACION ES LA SIGUIENTE: 1.- A LA VERIFICACION DEL CDP Y EL PAC HEMOS CONSTATADO QUE LOS INDICADORES DE CLASE Y PROGRAMA DE LAS LINEAS PRESUPUESTARIAS NO COINCIDEN.- 2.- CONSIDERANDO LO DISPUESTO EN LA CIRCULAR DNCP Nº 14/ 2021, SOLICITAMOS LA REMISIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE PROCLAMACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE ACTUAL 3.- LA OFERTA PRESENTADA POR RIEDER FUE COTIZADA MONEDA EXTRANJERA (DOLARES AMERICANOS), SIN EMBARGO EN EL DICTAMEN NO SE INDICA LA FECHA DEL DIA DEL VALOR DEL TIPO DE CAMBIO QUE SE UTILIZO PARA LA CONVERSION EN GUARANIES.- 4.- LAS FECHAS INDICADAS EN EL SICP NO SE AJUSTAN A LA NORMATIVA VIGENTE RESOLUCION DNCP N° 5695/19 5.- NO SE PUDO VERIFICAR EN EL REGISTRO DE FIRMAS DEL SICP, YA QUE LAS FIRMAS DEL CDP NO CUENTAN CON ACLARACION.- 6.- SE RECUERDA A LA CONVOCANTE QUE LA LEY 6355/19 YA NO ESTA VIGENTE, PORQUE LO QUE EN LA CARTA SE DEBERA INDICA NO APLICA 7.- ATENDIENDO EL OBJETO DEL LLAMADO, TENER EN CUENTA LA APLICACIÓN DEL MARGEN DE PREFERENCIA PREVISTO EN LA LEY Nº 4838/12, ART. 9, “QUE ESTABLECE LA POLÍTICA AUTOMOTRIZ NACIONAL” (EN CASO DE QUE LA PRESENTE CONTRATACIÓN SE REFIERA A LA PRODUCCIÓN Y/O ENSAMBLAJE DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES, TRACTORES, VELOCÍPEDOS Y DEMÁS VEHÍCULOS TERRESTRES, SUS PARTES Y ACCESORIOS, SE DEBERÁ SUSTITUIR EL TEXTO QUE ENCUENTRA EN EL APARTADO DE CERTIFICADO DE PRODUCTO Y EMPLEO NACIONAL POR LO ESTABLECIDO EN CIRCULAR 26

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.