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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
18-08-2022 - 13:42
Fecha de Fin
19-08-2022 - 13:32
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre criterios y documentos.
Descripción
Se verifica discrepancia entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.
Comentario
para el ítem 31: si el bien de referencia corresponde a un medicamento biológico, no se visualiza solicitud de registro sanitario con la inscripción MB. en cuanto a la documentación requerida se consulta a la convocante por que el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento, teniendo en cuenta la vigencia del Decreto 6611/2016, por la cual se reglamenta el artículo 24 de la ley 1119/97, de productos para la salud y otros y establecen los requisitos para el registro sanitario de medicamentos biológicos., que en su art. 22, dispone “ de cumplir el titular del registro sanitario con todos los requisitos de este decreto y habiendo la DNVS otorgado la autorización de comercialización a través del correspondiente registro sanitario, podrá comercializar los productos biológicos afectados a este decreto dentro del territorio de la republica del Paraguay, por sí mismo o por representación concedida, siendo las documentaciones mencionadas en el presente decreto, suficientes para ser utilizados en todos los procesos de adquisición como garantía de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos”.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
para el ítem 31: si el bien de referencia corresponde a un medicamento biológico, no se visualiza solicitud de registro sanitario con la inscripción MB. en cuanto a la documentación requerida se consulta a la convocante por que el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento, teniendo en cuenta la vigencia del Decreto 6611/2016, por la cual se reglamenta el artículo 24 de la ley 1119/97, de productos para la salud y otros y establecen los requisitos para el registro sanitario de medicamentos biológicos., que en su art. 22, dispone “ de cumplir el titular del registro sanitario con todos los requisitos de este decreto y habiendo la DNVS otorgado la autorización de comercialización a través del correspondiente registro sanitario, podrá comercializar los productos biológicos afectados a este decreto dentro del territorio de la republica del Paraguay, por sí mismo o por representación concedida, siendo las documentaciones mencionadas en el presente decreto, suficientes para ser utilizados en todos los procesos de adquisición como garantía de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos”.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.