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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-07-2022 - 14:06
Fecha de Fin
26-07-2022 - 18:17
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
La resolución remitida debe citar expresamente que se utilizara el Módulo de Ofertas Electrónicas

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se solicita la constancia de presentación de la DDJJ de Activos, Bienes y rentas remitida a la Contraloria
Descripción
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificación técnica ambigua
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación se establece un criterio de evaluación en el que se menciona la expresión “aproximadamente”, al respecto se observa que tal expresión podría generar confusiones que afectarán a la objetividad del proceso de evaluación. Se solicita sea establecido un rango aceptable, medible y objetivo a los efectos de subsanar la situación planteada.
Comentario
ote 1 - Ítem 1 En el dictamen remitido y aprobado por la MITIC no contempla Webcam, micrófono, parlantes, Bluetooh, SD Card reader 4 en 1 y Lector de huella dactilar, sin embargo en sus EETT: Webcam Incorporada de 720p HD como mínimo Exigido y demás como accesorios integrados. Se observa que la convocante solicita: Peso - 2.3 kg o menos con la batería incluida. La misma no se encuentra en el dictamen de la MITIC y podría tratarse de una limitante. Lote 1 - Ítem 2 En sus EETT, Memoria Cache: >= 8MB, sin embargo en el dictamen de MITIC aprobado dice: >=6MB En sus EETT, Tipo DDR4 o superior SDRAM (2666 MHz o superior) 16GB como mínimo, ampliable a 32GB, sin embargo en el dictamen de MITIC aprobado dice: Tipo DDR4 o superior SDRAM (2133 MHz o superior) 8GB como mínimo, ampliable a 16GB: Exigido En sus EETT, Tarjeta de video dedicada, no debe utilizar la memoria RAM interna para alcanzar lo exigido >=2GB, sin embargo en el dictamen de MITIC aprobado dice: Integrada HD con soporte dual de monitores: >=2GB: Exigido Se observa que la convocante solicita: Color - Cubierta en negro, plata o gris o combinación de estos. La misma no se encuentra en el dictamen de la MITIC y podría tratarse de una limitante. En el dictamen remitido y aprobado por la MITIC no contempla Webcam, micrófono, parlantes, Bluetooh, SD Card reader 4 en 1 y Lector de huella dactilar, sin embargo en sus EETT: Webcam Incorporada de 720p HD como mínimo Exigido y demás como accesorios integrados. Se observa que la convocante solicita: Peso - 2.3 kg o menos con la batería incluida. La misma no se encuentra en el dictamen de la MITIC y podría tratarse de una limitante. Lote 2 - Ítem 1 y 2 Orientado a marca y modelo específicos. Se solicita a la convocante eliminar las orientaciones establecidas a fin de dar mayor apertura a posibles oferentes.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.