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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
06-10-2022 - 00:08
Fecha de Fin
11-10-2022 - 17:32
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No establece criterio para el documento establecido
Descripción
Se solicita establecer el criterio de evaluación de la documentación solicitada.
Comentario

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Omisión en cuanto al establecimiento de un porcentaje para la aplicación de las multas
Descripción
Del Pliego de Bases y Condiciones/ Carta de Invitación se desprende la omisión en la consignación de un porcentaje para la aplicación de la multa “por cada día de atraso”. Se solicita se realice la modificación correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia planteada.
Comentario
Solicitamos a la convocante indicar si la contabilización del porcentaje de multas será en días, tanto hábiles o corridos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Para los lotes N°2, 3 y 4, observamos que en el SICP no han sido cargados todos los ítems de cada Lote conforme a las EETT del PBC, solicitamos subsanar y adecuar conforme corresponda.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se solicita la constancia de presentación de la DDJJ de Activos, Bienes y rentas remitida a la Contraloria
Descripción
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
El documento remitido como Resolución RIMSLN°1712/2022 aprueba únicamente el Dictamen y el llamado por vía de la excepción, no así el PBC. Por lo que solicitamos subsanar.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remite constancia plurianual
Descripción
Se solicita remitir la constancia plurianual FG04 actualizada, conforme a la reglamentación vigente.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
En el Dictamen se mencionan documentaciones respaldatorias en las cuales sustentan la acreditación del supuesto de excepción aplicado, sin embargo no se han remitido ninguna de ellas. Se recuerda que la convocante tiene la obligación de remitir los antecedentes en atención a que el principio de transparencia y publicidad implica la accesibilidad de la información.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
El Dictamen no ofrece argumentación técnica que permita colegir que ninguna otra empresa del mercado podría dar cumplimiento con lo que se requiere en el presente llamado, o el riesgo que supondría la realización por otra empresa especializada para tal efecto. Por lo que no solamente se debe demostrar el carácter legal de la exclusividad, sino también se debe justificar técnicamente el motivo por el cual la contratación no puede ser satisfecha por otro oferente.
Comentario
Dentro de los antecedentes remitidos se observa que la firma "Kurosu &CIA S.A." no es la única empresa que tiene reconocimiento por parte del fabricante "John Deere" . Por lo que solicitamos una justificación técnica respecto a la exclusividad invocada, de conformidad a lo previsto en el Art.72 inciso c) del Decreto N°2992/19

Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Se requiere que se aplique la leyenda no aplica cuando no se requiere Anticipo
Descripción
Solicitamos incluir la leyenda “No Aplica” al Formulario de “Garantía de Anticipo”, considerando que no se otorgará Anticipo en el proceso de referencia.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.