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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
07-05-2022 - 15:14
Fecha de Fin
11-05-2022 - 15:13
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1) ANEXO C- EETT: La convocante no indica en el punto los proyectos a ser ejecutados. Se solicita a la convocante indicar los proyectos a ser elaborados. // 2) Se visualiza en los documentos remitidos la siguiente descripción ESTUDIO Y ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN Y FISCALIZACION DE OBRAS. Se solicita a la convocante ajustarse a la normativa. Recordamos a la convocante lo establecido en los inciso h) e i) del artículo 40 de la Ley 2051/03, en concordancia con el Artículo 42 del mismo cuerpo legal. Replantear la descripción CDP, Dictamen, PBC, etc. // 3) PBC- MARGEN DE PREFERENCIA LOCAL: Dentro del PBC, no se visualiza el MARGEN DE PREFERENCIA LOCAL, solicitamos indicar. // 4) La convocante remite una Nota mencionando la Resolución DNCP N° 1208. Solicitamos a la remitir el DICTAMEN JUSTIFICATIVO DE LA UOC mencionando la Resolución DNCP N° 286/2022. Se solicita subsanar. // 5)PLAN DE ENTREGA: Se solicita a la convocante establecer con claridad un plazo y mecanismo de entrega de informes. //

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Plan de entrega confuso
Descripción
Se observa que el Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación resulta confuso, y que podría generar conflictos durante la ejecución del contrato. Se solicita la modificación del mismo a los efectos de subsanar la mencionada deficiencia.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.