Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
25-04-2022 - 15:40
Fecha de Fin
27-04-2022 - 14:46
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1.)Solicitamos a la convocante replantear los indicadores del cumplimiento contractual teniendo en cuenta la fecha fijada para la apertura de ofertas, plazo entrega y los demás plazos administrativos mínimos para proceder a la evaluación de ofertas, adjudicación y la firma de contrato.//2.) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la convocante indica que el lugar de realizar las consultas seria en 1er Piso, Oficina de la UOC, Municipalidad de Santa Rita, avda de los Pioneros esq Adela Speratti al respecto solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019.//3.)Consultamos a la convocante el motivo por el cual indican No Aplica en Tiempo de funcionamiento de los bienes teniendo en cuenta el objeto del llamado.//4.) Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo del PBC estándar el punto que hace referencia a Identificación de la unidad solicitante y justificaciones.//

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.