Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
26-04-2022 - 11:51
Fecha de Fin
29-04-2022 - 14:50
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) PBC - i.1) REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL PRESENTE CRITERIO: Numeral 8: Indican (Planilla de IPS donde se constate la nómina mínima de 5 (cinco) personales de obras…). No se debe requerir una cantidad mínima de personal inscripto en IPS, porque este se constituye en un requisito de ejecución, no de participación. //
2) PBC – INDICADORES DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Considerando el plazo de ejecución 60 días y los demás los plazos de cada etapa del proceso (desde la apertura de sobres, hasta la firma del contrato). Solicitamos a la convocante replantear la frecuencia y cantidad de indicadores. //
3) Geolocalización: En el mapa remitido no se ha indicado la ubicación (CONSTRUCCION DE EMPEDRADO CALLE SIN NOMBRE PERPENDICULAR A LA CALLE JUAN BLUYAKI, TRAMO 3) donde será ejecutada la obra, al respecto, se recuerda a la convocante que se encuentra vigente la Resolución N° 2477/2018 y para dar cumplimiento a esta disposición, deberá aparecer en el Mapa Interactivo del portal público de la DNCP el tramo 3, lugar donde se realizara la obra. //
Observaciones
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.