Datos de la Verificación
Usuario Verificador
rsanchez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
17-08-2022 - 12:39
Fecha de Fin
19-08-2022 - 16:14
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Se sugiere incluir orden de compra/orden de servicio/orden de inicio
Descripción
Verificadas las Condiciones establecidas en el del plan de entrega del Pliego de Bases y Condiciones, se sugiere que el plazo de ejecución sea computado
a partir de la recepción de la orden de compra/orden de servicio/orden de inicio por parte del proveedor, a fin de evitar inconvenientes en la ejecución del contrato
Comentario
REGLAMENTO DE LA CONVOCATORIA NACIONAL OFRECIMIENTO DE SERVICIOS DE DESPACHOS ADUANEROS A PETROLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR) *Punto 2 DESIGNACIÓN DE DESPACHANTES:
*Punto 3. Se generará una orden de trabajo, con la cual el profesional designado firmará el compromiso de retiro de documentos para gestión de despachos. En este caso no deberían de aplicar orden de servicio (replantear en el documento de la convocatoria) REITERACIÓN-
*Punto 11 numeral 4.Debido a que la logística de Despachos cambia según el tipo de producto, se tendrán tres listas de rotación conforme al producto a despachar, esto es: o El listado habilitado para bunker o El listado habilitado para productos (naftas y gasoil) o El listado habilitado para glp o El listado para mercaderías varias (se habilitará si PETROPAR lo requiere) Deben especificar expresamente qué comprende los despachos (se procede a reiterar debido a que la convocante no procede a la modificación de dicho criterio en el documento de la convocatoria) REITERACION.
*Punto 11 numeral 14.TIEMPO DE PRESTACION DE SERVICIOS: Por dos años, a partir del de la fecha de comunicación oficial del resultado de la selección para prestar servicios de Despachos. Consultamos si la prestación seria por el termino de dos años y si se debe emitir una resolución que apruebe el listado. NORMATIVAS INTERNAS DE PETROPAR A SER APLICADAS PARA ESTA CONVOCATORIA (la respuesta del punto observado, debe ser indicado en el documento de las condiciones de la convocatoria) REITERACIÓN-
*Punto 8 Mensualmente Solicitamos aclaración sobre el punto (dicho punto persiste en el documento de las condiciones de la convocatoria) REITERACIÓN.
PRERROGATIVAS DE LA CONVOCANTE: Punto 1. PETROPAR se reserva el Derecho de seleccionar a los Despachantes, aplicando criterios de confianza, fiabilidad de gestiones, prudencia administrativa y de economía y eficiencia, que debe regir en toda actividad de contratación pública, consagrado en el Art. 4 inc a) de la Ley 2051/03....¨, al respecto, se indica que dicho criterio no es objetivo y atenta contra el principio de igualdad y libre competencia (el presente criterio no corresponde considerando lo dispuesto en el Art. 40 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Publicas, en donde se describe de forma clara y concisa las prohibiciones y imitaciones para presentar propuestas o para contratar).
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se limita la forma de presentación de las garantías establecidas en la normativa legal vigente
Descripción
El requerimiento para la presentación de las garantías de Mantenimiento de Oferta y Fiel Cumplimiento de Contrato,
no se adecua a las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por las normativas vigentes. Se solicita su adecuación.
Comentario
en el presente punto se recalca del estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 39 de la Ley 2051/03 y lo dispuesto en el Decreto Reglamentario, REITERACIÓN.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Adenda de las bases y condiciones
Descripción
Las modificaciones a las bases y condiciones deben realizarse mediante adenda al pliego o carta de invitación.
Comentario
punto 7. PLAZO PARA PRESENTAR LAS OFERTAS, 7.1 Y 7.2, favor adecuarse a lo dispuesto en la Resolución 1399/20, Art. 85 Inc. "C", y lo dispuesto en el Capitulo Vll PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS de lo dispuesto en la Resolución 5695/19
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No hay justificación de los criterios
Descripción
Se solicita remitir la justificación de los criterios de evaluación seleccionado por la convocante
Comentario
Se indica. "...
#Punto 10 numeral 10 10. Informe de la Dirección General de los Registros Públicos sobre libre disposición de Bienes, corroborando que no se encuentra con Inhibiciones, Interdicciones o inhabilitaciones; y que no se ha solicitado Convocatoria de Acreedores y/o Quiebras en los últimos 5 años. Se aceptará Contraseñas de Mesa de Entradas de la Institución pertinente para la presentación de la carpeta, no obstante, para la designación, deberá contar con los documentos solicitados....¨, el presente criterio debe de aplicarse en la etapa correspondiente, ajustarse a lo indicado en el Art. 40 de la Ley 2051/03.
#Punto 10 numeral 13 Declaración Jurada de no hallarse incurso en litigio judicial con PETROPAR y con otros Organismos y Entidades del Estado Paraguayo (Anexo 2)....¨,Se solicita la modificación del criterio establecido o bien que la Convocante justifique técnicamente, bajo su responsabilidad la pertinencia técnica de los criterios establecidos.- dicho criterio no corresponde, segun lo dispuesto por el Art. 40 de la Ley 2051/03 REITERACIÓN
Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Falta remisión de formularios editables para que sean completados por los oferentes
Descripción
Solicitamos la remisión de los Formularios del Pliego de Bases y Condiciones que deban
ser completados por los potenciales oferentes, en archivos editables por procesadores de
texto o en formato de hojas de cálculo cuando los datos lo requieran.
Comentario
Solicitamos la remisión de la Pro forma de formulario de ofertas - Reiteración, en relación de que dicho documento forma parte de los documentos sustanciales
Tema
PROPIA DE ACUERDO NACIONAL
Sección
Documentos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusión de la prorroga
Descripción
En cuanto al plazo fijado para la prorroga, se verifica que se ha esteblecido un plazo que no cumple con la normativa legal
Res. DNCP 1399/20 Art. 85 inc. c). Se solicita subsanar.
Comentario
*Punto 7 numeral 7.2 En caso de que en el acto de apertura no se contare con ofertas, la Convocante podrá disponer una prórroga por un plazo mínimo de tres (3) días hábiles para la fijación de una nueva fecha límite para la presentación y apertura de ofertas. Solicitamos adecuar según reglamentación vigente - REITERACION, favor adecuarse a lo dispuesto en la Resolución 1399/20, Art. 85 Inc. "C", y lo dispuesto en el Capitulo Vll PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS de lo dispuesto en la Resolución 5695/19
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.