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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
29-07-2022 - 11:13
Fecha de Fin
02-08-2022 - 15:48
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Ampliar tope de consulta
Descripción
Atendiendo a las modificaciones realizadas, se solicIta verificar la pertinencia de ampliar el tope de consultas.
Comentario
Considerando que se ha extendido la difusión del proceso debido a las observaciones, recordamos lo dispuesto en el Art.21 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Como fecha de consulta se estableció el 04/08/2022, y la fecha de apertura; 08/08/2022, por tanto, entre la primera fecha y la segunda transcurren la cantidad de 5 días, sin embargo, la norma exige que dicho período debe comprender tan solo 3 días corridos previos al acto de apertura. Y si bien se remite la nota con captura de pantalla donde se indica un error en el SICP, sugerimos a la convocante adecuar el horario y fechas correspondientes a los 3 días. De persistir dicho inconveniente, solicitamos remitir el reporte por la vía de mesa ayuda de la DNCP de manera a recibir orientación respecto al caso suscitado.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se ha modificado el Pliego Estándar
Descripción
Se verifican modificaciones al pliego estándar. Se solicita su adecuación
Comentario
REITERACIÓN: Se observó la carga de una adenda N°1, sin embargo el llamado aún no ha sido difundido, por consiguiente, consideramos oportuno indicar que las modificaciones deberán ser desarrolladas solamente en el PBC que será difundido. SE SOLICITA UNA JUSTIFICACIÓN TÉCNICA por parte de la convocante, de manera a subsanar dicha inconsistencia.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.