Datos de la Verificación
Usuario Verificador
amanzur
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
17-08-2022 - 15:18
Fecha de Fin
22-08-2022 - 16:34
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Los documentos requeridos y emitidos por DINAVISA, establecerlo en forma clara, conforme a la naturaleza de los bienes a ser adquiridos requerir resolución de apertura para fabricar, comercializar y/o importar especialidades farmacéuticas , materia prima.
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Procedimientos de contratación para la adquisición de equipos y dispositivos médicos.
Descripción
En los procedimientos de contratación para la adquisición de equipos y dispositivos médicos, las convocantes deberán solicitar en los pliegos de bases
y condiciones la presentación de los documentos establecidos en la Circular DNCP N° 13/22, así mismo, tener en cuenta las recomendaciones indicadas en la misma.
Se solicita subsanar.
Comentario
Se reitera, no se visualiza requerimiento de documentos emitidas por DINAVISA para dispositivos médicos.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Ítem 5-8-9-1013: conforme a la naturaleza del bien requerido, lo establecido en el SCIP, como presentación "unidad", no corresponde y no permite identificar plenamente la oferta a realizarse, se solicita aclarar la unidad a que corresponde. * Ítem 7-14: conforme a la naturaleza del bien requerido, lo establecido en el SCIP, como presentación "unidad", no corresponde, debería ser envase estéril. *ítem 11-12: conforme a la naturaleza del bien requerido, lo establecido en el SCIP, como presentación "unidad", no corresponde y no permite identificar plenamente la oferta a realizarse, se solicita aclarar la unidad a que corresponde.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.