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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccastillo
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
30-09-2022 - 14:36
Fecha de Fin
06-10-2022 - 11:18
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
En el PBC, pág. Nº 7 - Periodo de validez de la oferta, indican: "60 días", sin embargo, en la pág. Nº 9, establecen: "90 días" Por otra parte, en el SICP y en el PBC, existe discrepancia con el porcentaje establecido por el seguro de responsabilidad profesional.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario

Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Formularios que no se adecuan al Estandar establecido
Descripción
Verificado el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, se observa que el formulario no se ajusta al formato del PBC/Carta de Invitación, estándar aprobado y vigente. Se solicita se realice la modificación pertinente para subsanar la deficiencia mencionada.
Comentario
En relación a los formularios editables remitidos, indicamos a la convocante, que no corresponde dichos formularios, por lo que, solicitamos remitir los formularios editables del PBC de Bienes y Servicios de la 4ta. versión

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.