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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
27-09-2022 - 12:47
Fecha de Fin
29-09-2022 - 11:05
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
Teniendo en cuenta el plazo de ejecucion previsto, se solicita replantear la frecuencia de indicadores establecida en el pliego.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Falta Registro de Firmas de los CDP
Descripción
Considerando que en el sistema no se visualiza el Registro de firmas del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria – CDP, solicitamos conforme a lo establecido en la Resolución DNCP Nº 472/11, remitan vía mesa de entrada manual el registro de firmas de los responsables de la suscripción de los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, acompañado de los documentos legales que los habilitan.
Comentario
Reiteramos que el Sr. Oscar Román, no se encuentran registrado en el sistema como jefe de presupuesto, así como firma en el CDP. A fin de dar cumplimiento a la normativa vigente, se solicita a la convocante realizar el trámite de registrar las firmas por la vía correspondiente (mesa de entrada manual). Art. 116 del Decreto N° 2992/19, en concordancia con los Art. 2 y 3 de la Resolución DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Considerando la modalidad del proceso CONTRATACION DIRECTA, la Fecha tope de consulta, no se ajusta a los 3 días indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19. Además le recordamos la vigencia de la Resolución DNCP N° 2157/22

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Carga de item/subitem
Descripción
Se solicita que los bienes/servicios requeridos en los subitems sean cargados como ítems, atendiendo a que no permite determinar el costo real de cada bien/ servicio. Se solicita utilizar los códigos de catálogos correspondientes a cada bien/servicio.
Comentario
Se solicita replantear la carga en la lista de precios del SICP, iIdicando el código de catálogo especifico. . Resolución DNCP N° 2157/22.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
PRECIOS REFERENCIALES: Se visualiza que no remitieron todos los documentos de respaldo utilizados para la elaboración de precios referenciales, es decir, no se visualiza las notas solicitando presupuesto a posibles potenciales oferentes.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
El plazo de ejecución previsto sobrepasa el presente ejercicio fiscal
Descripción
Se verifica en el sistema de Información de Contrataciones Públicas que el presente llamado debe ejecutarse íntegramente durante el presente ejercicio fiscal (no se trata de un procedimiento plurianual). Sin embargo, el plazo de ejecución previsto sobrepasa el presente ejercicio fiscal. Se solicita realizar el ajuste correspondiente para subsanar tal inconsistencia
Comentario
Considerando el plazo de ejecución previsto, el mismo sobrepasar el presente ejercicio fiscal. Al respecto, le recordamos lo dispuesto en el Art. 112 de la Ley Nº 6873/2022: y el Art. 22 la Ley 1535/99 de Administración Financiera del Estado, y de acuerdo a eso, determinar si correspondería o no CAMBIAR a PLURIANUAL el llamado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.