En los datos de la licitación se indica que serán en guaraníes para oferentes locales y en dólares para oferentes extranjeros.
En las especificaciones técnicas, se indica que serán en dólares de los Estados Unidos de América y que la cotización en moneda diferente será causal de rechazo de la oferta. Se incluye una observación que dice: lo establecido en moneda de la oferta y pago de Datos de la licitación No Aplica. Confirmar que la moneda de oferta y pago es en dólares de los Estados Unidos de América.
En los datos de la licitación se indica que serán en guaraníes para oferentes locales y en dólares para oferentes extranjeros.
En las especificaciones técnicas, se indica que serán en dólares de los Estados Unidos de América y que la cotización en moneda diferente será causal de rechazo de la oferta. Se incluye una observación que dice: lo establecido en moneda de la oferta y pago de Datos de la licitación No Aplica. Confirmar que la moneda de oferta y pago es en dólares de los Estados Unidos de América.
La moneda de oferta y pago es en Dólares de los Estados Unidos de América.
52
Moneda de la Garantía de mantenimiento de oferta
El ítem 1 de los datos de la licitación estipula que la garantía debe expedirse en guaraníes, pero en los requisitos de calificación establece que debe calcularse sobre el monto máximo y el monto máximo está en dólares ¿Qué moneda será utilizada para la emisión de la garantía de mantenimiento de oferta.
El ítem 1 de los datos de la licitación estipula que la garantía debe expedirse en guaraníes, pero en los requisitos de calificación establece que debe calcularse sobre el monto máximo y el monto máximo está en dólares ¿Qué moneda será utilizada para la emisión de la garantía de mantenimiento de oferta.
La garantía de mantenimiento de oferta deberá expedirse en Dólares de los Estados Unidos de América. Favor ver última versión del PBC.
53
Formas y condiciones de pago
En las condiciones contractuales, se establece que las facturas tendrán vencimiento 30 días posteriores a la finalización de la descarga del convoy nominado en destino. Se entiende TODO LO NOMINADO, favor aclarar.
También menciona que el pago no deberá exceder 60 días después de la presentación de la factura. Si por alguna razón el pago se efectúa posterior a los 60 días mencionados ¿Aplica la misma tasa de interés establecida en el contrato?
En las condiciones contractuales, se establece que las facturas tendrán vencimiento 30 días posteriores a la finalización de la descarga del convoy nominado en destino. Se entiende TODO LO NOMINADO, favor aclarar.
También menciona que el pago no deberá exceder 60 días después de la presentación de la factura. Si por alguna razón el pago se efectúa posterior a los 60 días mencionados ¿Aplica la misma tasa de interés establecida en el contrato?
Se refiere a todo lo nominado y se aplica la tasa establecida en el contrato.
54
Cálculo de reajuste de flete
Solicitamos utilizar el referencial de las cotizaciones utilizadas por Petropar en la compra de Gasoil, ya que refleja de manera más precisa la situación del mercado bunker a nivel nacional.
Solicitamos utilizar el referencial de las cotizaciones utilizadas por Petropar en la compra de Gasoil, ya que refleja de manera más precisa la situación del mercado bunker a nivel nacional.
Se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, respecto a la cotización referencial considerada de ARGUS, considerando que es un parámetro analizado y adecuado para el rubro.
55
Transporte mensual superior a 80.000 m3
El Modelo de contrato dice que: En caso de que Petropar requiera el transporte de volúmenes superiores a 80.000 m3 en el mes, deberá informar a la armadora con al menos 20 días de anticipación a la carga del producto. Se solicita modificar a 30 días, teniendo en consideración que la totalidad de lo comprometido, 80.000 m3 de la flota, ya está asignado para la carga de un determinado mes y se debe ajustar la capacidad a los nuevos requerimientos.
El Modelo de contrato dice que: En caso de que Petropar requiera el transporte de volúmenes superiores a 80.000 m3 en el mes, deberá informar a la armadora con al menos 20 días de anticipación a la carga del producto. Se solicita modificar a 30 días, teniendo en consideración que la totalidad de lo comprometido, 80.000 m3 de la flota, ya está asignado para la carga de un determinado mes y se debe ajustar la capacidad a los nuevos requerimientos.
Se mantienen los 20 días según lo establecido en el modelo de contrato.
56
Garantizar cubrir el +5%. Nominaciones
Modelo de contrato nominaciones la armadora deberá garantizar cubrir el +5% del volumen nominado, siendo la tolerancia operativa una variación de +/-5%.
Solicitamos eliminar esta cláusula, ya que favorece únicamente a una de las partes. Se han presentado casos en que la armadora ha arribado a destino para tomar el volumen pactado y le fue entregado una cantidad mucho menor, haciendo ineficiente la logística
En caso de no aceptar eliminar esta cláusula, solicitamos un trato igualitario para la armadora, añadiendo la siguiente cláusula: Petropar deberá garantizar el volumen mínimo a ser transportado (volumen -5%), en caso de que no cumpla con la nominación acordada, será pasible de una multa igual al 50% de la tarifa del tramo que corresponda multiplicado por el volumen no transportado para alcanzar el mínimo.
Modelo de contrato nominaciones la armadora deberá garantizar cubrir el +5% del volumen nominado, siendo la tolerancia operativa una variación de +/-5%.
Solicitamos eliminar esta cláusula, ya que favorece únicamente a una de las partes. Se han presentado casos en que la armadora ha arribado a destino para tomar el volumen pactado y le fue entregado una cantidad mucho menor, haciendo ineficiente la logística
En caso de no aceptar eliminar esta cláusula, solicitamos un trato igualitario para la armadora, añadiendo la siguiente cláusula: Petropar deberá garantizar el volumen mínimo a ser transportado (volumen -5%), en caso de que no cumpla con la nominación acordada, será pasible de una multa igual al 50% de la tarifa del tramo que corresponda multiplicado por el volumen no transportado para alcanzar el mínimo.
La Armadora deberá garantizar la carga ya sea por una tolerancia operativa o por una necesidad de entrega del producto hasta +/- 5 % de la cantidad nominada.
57
Cláusula de Falso Flete
En los periodos de bajante, la Prefectura General Naval establece restricciones de navegación para las embarcaciones. Para casos de bajante extrema, los contratos anteriores de Petropar contaban con una cláusula de Falso Flete, a fin de que la armadora continúe prestando servicios.
La bajante extrema de las vías navegables es un RIESGO en la navegación y la cláusula de Falso Flete disminuye ese riesgo, por lo que solicitamos incluir nuevamente esta cláusula: FALSO FLETE: En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, Petropar pagará a la armadora el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor. Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos correspondientes).
Creemos que la manera más transparente y justa de aplicar el falso flete es con la cláusula solicitada. En caso de no incluir nuevamente esta cláusula, el riesgo será mayor para las armadoras y la única forma de paliar sería un aumento de las tarifas que será aplicado durante todo el año y no únicamente en los periodos de bajante extrema.
En los periodos de bajante, la Prefectura General Naval establece restricciones de navegación para las embarcaciones. Para casos de bajante extrema, los contratos anteriores de Petropar contaban con una cláusula de Falso Flete, a fin de que la armadora continúe prestando servicios.
La bajante extrema de las vías navegables es un RIESGO en la navegación y la cláusula de Falso Flete disminuye ese riesgo, por lo que solicitamos incluir nuevamente esta cláusula: FALSO FLETE: En caso de que el calado de la vía navegable esté por debajo de los 9 (nueve) pies, Petropar pagará a la armadora el volumen correspondiente al 50% de la diferencia entre el calado a 9 (nueve) pies y el calado efectivamente utilizado por debajo de este valor. Esta restricción deberá ser justificada por organismos competentes en el país de origen (o sea, en el país que establece las restricciones a través de sus organismos correspondientes).
Creemos que la manera más transparente y justa de aplicar el falso flete es con la cláusula solicitada. En caso de no incluir nuevamente esta cláusula, el riesgo será mayor para las armadoras y la única forma de paliar sería un aumento de las tarifas que será aplicado durante todo el año y no únicamente en los periodos de bajante extrema.
Ajustarse a las condiciones del PBC considerando que el contrato es por 12 meses.
58
Penalidades por faltantes
El modelo de contrato establece que los volúmenes faltantes serán liquidados por convoy de barcazas nominadas, entendiéndose por convoy de barcazas nominadas al conjunto de barcazas acompañadas de su respectivo remolcador, indicados en la nominación efectuada por la armadora, lo cual implica que, la eventual nominación podrá contener varios convoyes de una misma armadora, según la cantidad de remolcadores que se requiera.
En la nominación, Petropar solicita a la armadora el transporte de un determinado volumen de producto, correspondiente al volumen total nominado a la armadora. Por cuestiones operativas, la armadora puede disponer el transporte de dicho producto en varios convoyes, sin embargo, la responsabilidad de transporte por esa nominación es siempre por el total del producto nominado. Por lo tanto, se solicita que la liquidación de faltantes sea efectuada considerando el volumen total nominado a la armadora en una determinada nominación.
El modelo de contrato establece que los volúmenes faltantes serán liquidados por convoy de barcazas nominadas, entendiéndose por convoy de barcazas nominadas al conjunto de barcazas acompañadas de su respectivo remolcador, indicados en la nominación efectuada por la armadora, lo cual implica que, la eventual nominación podrá contener varios convoyes de una misma armadora, según la cantidad de remolcadores que se requiera.
En la nominación, Petropar solicita a la armadora el transporte de un determinado volumen de producto, correspondiente al volumen total nominado a la armadora. Por cuestiones operativas, la armadora puede disponer el transporte de dicho producto en varios convoyes, sin embargo, la responsabilidad de transporte por esa nominación es siempre por el total del producto nominado. Por lo tanto, se solicita que la liquidación de faltantes sea efectuada considerando el volumen total nominado a la armadora en una determinada nominación.
Lo propuesto en esta consulta ya fue analizado técnica y operativamente por PETROPAR. Por consiguiente, se mantendrá el modelo de contrato que establece que los volúmenes faltantes serán liquidados por convoy de barcazas nominadas.
59
Penalidades por faltantes
Penalidades por faltantes del modelo de contrato
Se determina que la armadora podrá presentar la factura una vez que todas las barcazas que conforman el convoy nominado hayan arribado a destino. Sin embargo, en la forma de pago, se determina que la armadora puede presentar la factura una vez emitido el BL.
Solicitamos mantener el texto establecido en Forma de Pago, ya que al aumentar el plazo de presentación de facturas y vencimiento, se generan gastos financieros adicionales por financiación que no se encuentran incluidos en las tarifas actuales
Penalidades por faltantes del modelo de contrato
Se determina que la armadora podrá presentar la factura una vez que todas las barcazas que conforman el convoy nominado hayan arribado a destino. Sin embargo, en la forma de pago, se determina que la armadora puede presentar la factura una vez emitido el BL.
Solicitamos mantener el texto establecido en Forma de Pago, ya que al aumentar el plazo de presentación de facturas y vencimiento, se generan gastos financieros adicionales por financiación que no se encuentran incluidos en las tarifas actuales
La ARMADORA podrá presentar factura una vez que todas las barcazas que conforman el convoy nominado hayan arribado a destino. Favor ver última versión del PBC.
60
Penalidades por faltantes precios
Se solicita que los precios utilizados para la facturación de faltantes sean: Gasoil Pora para el gasoil, Kape 88 para la Nafta Virgen y RON 85 y Oikoite para la Nafta RON 91.
Se solicita que los precios utilizados para la facturación de faltantes sean: Gasoil Pora para el gasoil, Kape 88 para la Nafta Virgen y RON 85 y Oikoite para la Nafta RON 91.
Ajustarse a lo establecido en el PBC, considerando que los precios utilizados son meramente referenciales, en el entendido que no debería haber faltantes durante la prestación del servicio.