Datos de la Verificación
Usuario Verificador
amanzur
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
08-10-2022 - 10:52
Fecha de Fin
12-10-2022 - 17:08
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Se indica "...Resolución de apertura: apartado a-b-c; a) para el Oferente Fabricante: Copia Autenticada de la Resolución de Apertura vigente expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria para fabricar, comercializar: Dispositivos Médicos, Especialidad Farmacéutica, Materia Prima para la Industria Farmacéutica y No Farmacéutica, Fórmula magistral. b) En el caso de que el Oferente No sea el Fabricante del Producto ofertado (producto Nacional), deberá presentar Copia Autenticada de la Resolución de Apertura vigente expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria para comercializar: Dispositivos Médicos, Especialidad Farmacéutica, Materia Prima para la Industria Farmacéutica y No Farmacéutica, Fórmula magistral. Así también el oferente deberá presentar Copia autenticada de la Resolución de Apertura Vigente del fabricante para fabricar (producto nacional) expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria según corresponda al Ítem ofertado c) En el caso de que el Oferente es Distribuidor que representa a otras Empresas (Importadoras o Distribuidoras de Productos Nacionales) ambas empresas deberán presentar: Copia Autenticada de la Resolución de Apertura vigente expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, para comercializar y/o importar: Dispositivos Médicos, Especialidad Farmacéutica, Materia Prima para la Industria Farmacéutica y No Farmacéutica, Fórmula magistral. Fotocopia autenticada del Certificado de Registro Sanitario vigente según corresponda al ítem ofertado, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA)...", el requerimiento de documentos emitidos por DINAVISA para fórmulas magistrales, teniendo en cuenta la naturaleza de los viene a ser adquiridos podría limitar/ excluir a potenciales oferentes, se solicita justificar técnicamente, y establecer en el PBC, en forma clara los documentos requeridos y emitidos por DINAVISA, e identificar los ítems que deben cumplir con los documentos requeridos conforme a cada rubro (como dispositivos médicos, como especialidad farmacéutica, como materia prima), los establecimientos de preparados magistrales, no podrían participar en procesos licitatorios convocados por los organismos, entidades y municipios.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.