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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
08-09-2022 - 10:11
Fecha de Fin
09-09-2022 - 12:58
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere acreditación financiera por cada año
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones se observa que se requiere acreditar la capacidad financiera por cada año, en lugar de solicitar un promedio mínimo a ser cumplido en un rango de tiempo establecido. Tal requerimiento podría ser considerado limitativo, se requiere su modificación o en su caso la presentación de una justificación técnica suficiente bajo responsabilidad exclusiva de la convocante a los efectos de demostrar porque técnicamente resulta necesario el criterio establecido
Comentario
III. El Oferente deberá acreditar la realización de un número acumulado de por lo menos 5 contratos de servicios de inspección técnica vehicular realizados dentro de los últimos 5 años con instituciones públicas, Gubernamentales y/o municipales. El oferente deberá presentar un volumen de por lo menos 1 contrato por año con instituciones públicas, Gubernamentales y/o municipales para el cumplimiento del criterio indicado en el párrafo anterior. EL MADES podrá solicitar a la administración al amparo de la cual el Oferente justifica su experiencia, la información necesaria para la verificación de la misma.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.