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En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de Entrega de los bienes dice:
“Plazo de Entrega:
90 (noventa) días calendario a partir de la recepción de la Orden de servicio emitida dentro de los 10 (diez) días posterior al cobro de Anticipo Financiero. “
Considerando la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país y la logística a nivel internacional derivados de los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de componentes de estos equipos, solicitamos a la Convocante extender el mencionado plazo de entrega para los Ítems mencionados, en al menos 150 (Ciento cincuenta) días posterior a la recepción de la correspondiente orden de compra.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.