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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ldbenitez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
30-11-2022 - 16:13
Fecha de Fin
06-12-2022 - 12:21
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Discrepancia entre criterios y documentos.
Descripción
Se verifica discrepancia entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.
Comentario
Se verifica discrepancia en los años solicitados entre el criterio establecido y la documentación requerida, se solicita su adecuación.

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Criterios subjetivos
Descripción
Considerando que el/los criterios establecidos podrian resultar subjetivos, se solicita establecer de forma clara los criterios a ser evaluados con sus respectivos documentos.
Comentario
*Resolución de apertura vigente o en trámites de renovación que lo habilite para fabricar y comercializar medicamentos importar medicamentos, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social 24/47..." no queda claro el criterio establecido 24/47. *En cuanto a las documentaciones requeridas emitidas por DINAVISA, se solicita justificar por qué resulta técnicamente indispensable las acreditaciones solicitadas para los bienes importados/nacionales y para innovadores y no innovadores, atendiendo a que podría limitar/impedir la participación a posibles oferentes en igualdad de condiciones. *Se consulta a la convocante las razones de requerir en el caso de productos importados el certificado de buenas prácticas de fabricación o registro sanitario, como alternativos considerando que cada uno de ellos certifican procesos diferentes y no se debe reemplazar uno por otro, se solicita establecer en forma clara y las razones técnicas indispensables para participar en el procedimiento de contratación, teniendo en cuenta que los mismos son requeridos por DINAVISA para la obtención del registro sanitario correspondiente y la vigencia del Decreto 6611 que en su art. 22, establece “…De cumplir el titular del registro sanitario con todos los requisitos de este decreto y habiendo la dirección nacional de vigilancia sanitaria otorgado autorización de comercialización, a través del correspondiente registro sanitario, podrá comercializar los productos biológicos afectados a este decreto dentro del territorio de la republica del Paraguay, por sí mismo o por representación concedida, siendo las documentaciones mencionadas en el presente decreto, suficientes para ser utilizados en todos los procesos de adquisición como garantía de calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos biológicos…”.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remite constancia A Referendum
Descripción
Se solicita remitir la Constancia Ad Referéndum, conforme a la reglamentación vigente.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.