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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
08-11-2022 - 11:34
Fecha de Fin
10-11-2022 - 16:15
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Adenda de las bases y condiciones
Descripción
Las modificaciones a las bases y condiciones deben realizarse mediante adenda al pliego o carta de invitación.
Comentario
Observamos que la Adenda N°1 de fecha 01 de noviembre de 2022 ya ha sido difundida en el SICP, sin embargo, actualmente se ha remitido nuevamente un documento indicado como "Adenda N°1 de fecha 07 de noviembre de 2022" lo cual no corresponde, atendiendo a la correlatividad de las Adendas y las prórrogas ya realizadas. Se solicita subsanar.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se ha modificado el Pliego Estándar
Descripción
Se verifican modificaciones al pliego estándar. Se solicita su adecuación
Comentario
Se verifica que en el contenido del documento remitido como "pbc_1667916286804.zip" en fecha 08/11/2022 consta nuevamente un documento como Pliego de Bases y Condiciones referido al presente proceso, sin embargo, el PBC ya fue difundido en el Portal de Contrataciones. Al respecto, recordamos a la convocante lo establecido en la Resolución DNCP N°5695/19, Art. 71 inciso g) donde se indica; "Adenda: documento emitido por las convocantes, mediante el cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación y/o en los contratos suscritos. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique." En consecuencia, el medio por el cual se realiza modificaciones al PBC ya difundido es únicamente por medio de una Adenda y éste pasa a formar parte del contenido objeto de modificación, por lo que no correspondería la remisión íntegra del PBC ya difundido.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.