Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
03-03-2023 - 16:09
Fecha de Fin
08-03-2023 - 08:50
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Falta establecer un plazo para hacer efectivo el pago al contratista
Descripción
En las condiciones de pago se omitió establecer un plazo para hacer efectivo el pago a la contratista. Se solicita modificar el Pliego de Bases y Condiciones a los efectos de subsanar tal omisión
Comentario
ANEXO B: Las formas y condiciones de pago: En las condiciones de pago se omitió establecer un plazo para hacer efectivo el pago a la contratista./
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías,
las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas),
resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual,
deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado
que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje
que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
Se solicita a la convocante ajustarse a lo establecido en la circular DNCP N° 02/2023, ver los lineamientos establecido en la circular a modo de subsanar la observación y además prever los detalles como ser la forma de instrumentación, devolución del anticipo./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Pro forma de contrato: Se solicita a la convocante ajustar los datos establecidos en todas las clausulas al objeto del proceso,(CONSULTORÍA), ver cláusula N°6./
ANEXO B: Márgenes: se consulta a la convocante el motivo por el cual han indicado "no aplica" en los puntos mencionados./
ANEXO B: CUADRO DE MATRIZ DE EVALUACIÓN: se solicita a la convocante realizar dentro de la matriz de evaluación los requerimientos sobre los RECURSOS HUMANOS INVOLUCRADOS de forma integra con los criterios, documentos y puntos que serán asignados, a fin de evitar confusiones al momento de la evaluación.Además la propia convocante ha indicado que: el puntaje mínimo que deberá alcanzar el/la Consultoría para calificar será (80) ochenta puntos, a este efecto será considerado la Matriz de Evaluación, sin embargo en la matriz de evaluación no expone los requerimientos de forma completa./
ANEXO B: Matriz de evaluación y f) Experiencia requerida: Observamos inconsistencia en los años consignados como experiencia. Se solicita su aclaración./
ANEXO B: Las formas y condiciones de pago y ANEXO C: 2. ALCANCE DE LOS SERVICIOS: Observamos inconsistencia en los criterios establecidos, ejemplo: la convocante menciona la presentación de los Items 1/2/3/4/5/6, producto 1/2/3 para realizar el pago, sin embargo en el ANEXO C, no realiza cual de los proyectos corresponde a cada Items y/o producto requerido./
ANEXO B: Subcontratación: La convocante en el punto mencionado ha indicado, No aplica, sin embargo en el Anexo C, ha indicado: En el caso de que durante el transcurso de los trabajos se presenten modificaciones en el plantel de profesionales inicialmente propuestos, la Consultora sustituirá a los mismos con profesionales de similar o mejor calificación, previa aprobación de la MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN. Se solicita aclarar el punto./
ANEXO C: Consultamos a la convocante quien asumirá la responsabilidad de pago para el siguiente criterio: La Consultora suministrará todo el personal necesario,incluyendo profesionales altamente capacitados y especializados, y los recursos que sean necesarios para dar cumplimiento a los objetivos de esta Consultoría en los plazos estipulados, asumiendo toda la responsabilidad técnica sobre la calidad de los estudios encomendados./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
La forma de instrumentación de la garantía seleccionada no corresponde.
Descripción
Se solicita a la convocante que utilice las formas de instrumentación de la garantía de mantenimiento de ofertas
y/o de fiel cumplimiento de contrato conforme a las normativas legales vigentes.
Comentario
Consultoría:En el SICP, la convocante indica que la forma de instrumentación de la garantía del seguro de responsabilidad profesional será mediante declaración jurada, al respecto solicitamos a la convocante ajustarse a la normativa vigente (art. 196 de la ley del PGN 7050/2023 en concordancia con el decreto 8759/2023) /
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Considerando lo establecido en las Especificaciones Técnicas y/o términos de referencia, se visualiza que no se previó todos los objeto de gastos correspondientes./ Considerando el objeto de la presente licitación,( ELABORACIÓN DE UN PROYECTO), no corresponde el Objeto de Gasto utilizado por la convocante./
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.