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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
11-05-2023 - 15:56
Fecha de Fin
17-05-2023 - 08:19
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Falta establecer un plazo para hacer efectivo el pago al contratista
Descripción
En las condiciones de pago se omitió establecer un plazo para hacer efectivo el pago a la contratista. Se solicita modificar el Pliego de Bases y Condiciones a los efectos de subsanar tal omisión
Comentario
Formas y Condiciones de Pago: Se reitera la observación teniendo en cuenta que la convocante no ha establecido un plazo de pago.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Se reitera la observación considerando que la convocante no ha realizado los ajustes correspondientes al objeto del proceso,( consultoría), Pro forma de contrato: Se solicita a la convocante ajustar los datos establecidos en todas las cláusulas al objeto del proceso,(CONSULTORÍA), ver cláusula N°6 a fin de una interpretación: ( 6. PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES Y/O SERVICIOS)./ Se reitera la observación: PBC: Certificado de Producto y Empleo Nacional/Margen de Preferencia local: Se solicita a la convocante ajustarse a lo establecido en la normativa vigente.// La convocante ha realizado modificaciones con el reparo, por lo expuesto se realiza la siguiente observación: PBC: Matriz de Evaluación: Experiencia específica de la firma consultora: El criterio establecido,( y las correspondientes recepciones finales), podría resultar limitante/excluyente.// La convocante ha realizado modificaciones con el reparo, por lo expuesto se realiza la siguiente observación: PBC: Matriz de Evaluación: Observamos que el criterio resulta subjetivo,( que fueran realizados dentro de los últimos 10 años), se solicita aclarar los años, teniendo en cuenta que podría resultar confuso durante la evaluación.// La convocante ha realizado modificaciones con el reparo, por lo expuesto se realiza la siguiente observación: PBC: Matriz de Evaluación: Se solicita aclarar el alcance del criterio establecido,( constancias de las experiencias), teniendo en cuenta que en el PBC se debe establecer criterios claros.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.