Datos de la Verificación
Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
27-10-2022 - 11:04
Fecha de Fin
29-10-2022 - 12:11
Estado
Publicado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Análisis de los balances correspondientes a ejercicios fiscales cerrados
Descripción
Solicitamos a la convocante actualizar los años mencionados como requisito de evaluación, ya que los ejercicios fiscales cerrados corresponden a los últimos 3 años a ser solicitados en dicho apartado.
Comentario
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Acreditación de la experiencia en bienes/servicios similares
Descripción
Con relación a la acreditación de la experiencia, se solicita definir en el Pliego de Bases y Condiciones, que se entiende por similar.
Comentario
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Omisión en cuanto al establecimiento de un porcentaje para la aplicación de las multas
Descripción
Del Pliego de Bases y Condiciones/ Carta de Invitación se desprende la omisión en la consignación de un porcentaje para la aplicación de la multa
“por cada día de atraso”. Se solicita se realice la modificación correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia planteada.
Comentario
Si bien en el PBC se ha establecido el porcentaje de multas, no se ha indicado si dicho porcentaje será computado en días hábiles, o corridos de conformidad a lo establecido en el PBC estándar.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Carga de item/subitem
Descripción
Se solicita que los bienes/servicios requeridos en los subitems sean cargados como ítems, atendiendo a que no permite determinar el costo real de cada bien/ servicio. Se solicita utilizar los códigos de catálogos correspondientes a cada bien/servicio.
Comentario
La mano de obra, cuenta con su propio código de catalogo, por lo cual se debe separar de los demás ítems ya que no se permite determinar el costo real correspondiente a cada una de ellas. Se solicita subsanar.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Necesidad de separar servicio de respuesto
Descripción
Se recuerda que en los procedimientos de contratación que tengan por objeto la contratación de servicios
de mantenimiento y/o reparación, que incluyan la provisión de mano de obra y de repuestos o insumos,
las convocantes se encuentran obligadas a solicitar en la planilla de Lista de Precios la cotización en forma separada,
la mano de obra requerida y cada uno de los repuestos o insumos a ser utilizados, en el dictamen de precios y el SICP no se
observa el detalle de la mano de obra y/o repuestos y/o insumos para la cotización correspondiente. Se solicita subsanar.
Comentario
La mano de obra, debe ser separada y la misma cuenta con su propio código de catalogo. Se solicita subsanar.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Código de catálogo
Descripción
Los bienes/servicios/obras deben poseer códigos de catálogos específicos, a fin de evitar ambigüedades o confusión para la elaboración correcta de la oferta.
Comentario
La mano de obra, cuenta con su propio código de catalogo, por lo que el código de catalogo indicado en el SICP no corresponde. Se solicita subsanar.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se solicita la constancia de presentación de la DDJJ de Activos, Bienes y rentas remitida a la Contraloria
Descripción
Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación
de la Constancia que "acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" en los procedimientos de contrataciones públicas
Comentario
Reiteración.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.