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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-03-2023 - 10:11
Fecha de Fin
17-03-2023 - 12:25
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad técnica podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
PBC- OTROS CRITERIOS QUE LA CONVOCANTE REQUIERA: Indican (En caso de poseer contrato vigente con la Convocante, deberá demostrar con certificado de obra que se encuentra como mínimo en el 90% de su desarrollo. La Convocante únicamente podrá adjudicar hasta dos lotes a cada empresa, con la intención de generar más fuentes de trabajo).Lo indicado podría limitar la participación de potenciales oferentes. Solicitamos a la convocante remitir una justificación técnica y legal del porque lo requerido resulta indispensable para participar de la licitación.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
a) Observamos en la documentacion remitida que el proceso reviste el caracter de PLURIANUAL, sin embrgo el PBC no figura eso, tampoco se tildo en el PAC. Con el fin de evitar confusiones solicitamos unificar criterio. //b) PBC- OTROS CRITERIOS QUE LA CONVOCANTE REQUIERA: Indican (En caso de poseer contrato vigente con la Convocante, deberá demostrar con certificado de obra que se encuentra como mínimo en el 90% de su desarrollo. La Convocante únicamente podrá ADJUDICAR HASTA DOS LOTES A CADA EMPRESA, con la intención de generar más fuentes de trabajo). Lo indicado podría limitar la participación de potenciales oferentes. Considerando el sistema de adjudicación (por lote) no se podría establecer reglas contrarias a la normativa, donde se establece que la adjudicación recaerá en la oferta más baja que cumpla con todas las condiciones del llamado, por lo tanto, no corresponde lo establecido por la convocante en este apartado.//c) PBC- PERIODO DE VALIDEZ DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Indican: Desde la firma del contrato. El punto se encuentra incompleto.// d) MODELO DE CONTRATO- CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA: DDJJ: Se recuerda a la convocante la vigencia de la Ley N° 6919/22. Los oferentes y proveedores ya no se encuentran obligados a la presentación de la Constancia que ‘acredita la presentación de declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos’ en los procedimientos de contrataciones públicas. //e) Respecto a las EETT, observamos Tramo muestra, lo establecido podria limitar la participacion de potenciales oferentes..//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Considerando la modalidad del proceso LPN, la fecha tope de consulta, no se ajusta a los días indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19. //

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.