Datos de la Verificación
Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
22-06-2023 - 11:29
Fecha de Fin
27-06-2023 - 09:04
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Se limita la forma de presentación de las garantías establecidas en la normativa legal vigente
Descripción
El requerimiento para la presentación de las garantías de Mantenimiento de Oferta y Fiel Cumplimiento de Contrato,
no se adecua a las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por las normativas vigentes. Se solicita su adecuación.
Comentario
SICP: Artículo 186.- En los procesos que tengan por objeto la contratación de consultorías en el marco de la Ley N° 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” y sus modificatorias, los oferentes deberán garantizar su oferta por Póliza de Seguro o Garantía Bancaria, salvo en los casos de Contratación Directa, en los cuales se instrumentará por Declaración Jurada. En caso de retirarla o alterarla durante el plazo de validez requerido en las bases de la contratación, podrá iniciarse el procedimiento de aplicación de sanciones a los oferentes, proveedores y contratistas del Título Séptimo de la citada Ley.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
PBC: Matriz de Evaluación: A.1 CURRICULUM y EXPERIENCIA DE LA EMPRESA: Solicitamos aclarar los años a ser evaluados, se solicita ampliar los tipos de documentos que podrían presentar para la acreditación de la experiencia, además observamos que el criterio,( en municipios) podría resultar limitante/excluyente.//
PBC: A.1 CURRICULUM y EXPERIENCIA DE LA EMPRESA y Requisitos documentales para evaluar el presente criterio: Se solicita unificar el criterio y los documentos que podrían presentar, además la convocante menciona procesos SBE, sin embargo el proceso es una CD.//
PBC: A.2 PERFIL ACADÉMICO Y EXPERIENCIA DE PERSONAL ASIGNADO: Se solicita indicar cuál será el tipo de documento que acredite el perfil requerido.//
PBC: A.2 PERFIL ACADÉMICO Y EXPERIENCIA DE PERSONAL ASIGNADO: Observamos que, los criterios establecidos podrían resultar limitante/excluyente.//
PBC: A.2 PERFIL ACADÉMICO Y EXPERIENCIA DE PERSONAL ASIGNADO y Requisitos documentales para evaluar el presente criterio: Se solicita unificar los criterios establecidos y los codumentos que podrían presentar, además se solicita ampliar los tipos de documentos que podrían presentarse.//
PBC: A.3. PLAN DE TRABAJO Y METODOLOGÍA: Se solicita establecer criterio/documentos y puntaje de forma claro y determinado.//
PBC: Consorcios: solicitamos a la convocante unificar los documentos requeridos para los consorcios conforme los requerimientos establecidos en la matriz de evaluación a fin de evitar confusiones durante la evaluación.//
PBC: 26. Las condiciones de pago: Los pagos se realizarán a plazos en dos etapas: Se solicita aclarar el formato de entrega de los informes, si se requieren copias, a fin de evitar confusiones al momento de solicitud de pago.//
PBC: La garantía de cumplimiento de contrato: se solicita completar conforme lo establece la normativa vigente, es decir incluir también garantía bancaria./
PBC: Matriz de Evaluación y f) Otros documentos: Se solicita a la convocante unificar los documentos que serán considerados.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Los precios referenciales cargados en el SICP no se ajustan al Dictamen de precios remitido, se solicita su adecuación.
Comentario
Teniendo en cuenta la U.M establecida por la convocante,( UNI) en el SICP, y la U.M cotización utilizada en la elaboración del Dictamen de precios referenciales,( Evento), se solicita replantear/elaborar los precios referenciales en la base a los criterios asentados en SICP, utilizar el mismo criterio al momento de solicitar la cotización e utilizar los antecedentes con el mismo criterio, a fin de evitar confusiones durante la ejecución del contrato y el pago.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
En cuanto al informe cuatrimestral, no remiten el Dictamen correspondiente
Descripción
Se verifica que se adjunta un documento distinto al requerido en la reglamentacion vigente, se solicita remitir la documentacion correspondiente.
Res. DNCP N° 313/23.
Comentario
Observamos que el documento remitido, contiene normativas derogadas, se solicita actualizar las normativas, además se solicita verificar el contenido de la justificación.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.