En el PBC, en lo que respecta a las muestras, se señala cuanto sigue: serán verificados la presentación, marca, origen, procedencia y fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar conforme al Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria dependiente del MSP Y BS, al Formulario de la Lista de Precios que consta en la oferta y al formulario de datos garantizados, por cada producto ofertado y si las muestra cumplen con las Especificaciones Técnicas declaradas. El número de registro sanitario deberá estar impreso por la muestra presentada.. Al respecto, consultamos, lo que el PBC quiere indicar es que, inclusive ¿para el caso de los bienes que deben ser entregados en su envase primario (blisters), en dicho envase primario también debe estar impreso el número de registro sanitario? En el supuesto caso de que sea afirmativa la respuesta a la pregunta precedente, o sea, que el PBC requiera que en los envases primarios (blisters) deba estar impreso el número de registro sanitario, solicitamos a la convocante que esta exigencia sea eliminada, puesto que en la Resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 23/95, internalizada en nuestro ordenamiento legal por medio del Decreto Nº 17.057/97, no se encuentra establecida obligatoriedad alguna de consignar dicha información en el envase primario. Así también, debemos señalar que el PBC, en en la sección Embalajes y documentos, bajo el título Recepción del Producto, establece expresamente que Los productos a ser entregados deberán observar lo dispuesto en la Resolución GMC/RES Nº 23/95 REQUISITOS PARA EL MERCOSUR, PARA PRODUCTOS FARMACEUTICOS PUNTO 6: 6.2.3.2 Y 6.2.3.4,.
En el PBC, en lo que respecta a las muestras, se señala cuanto sigue: serán verificados la presentación, marca, origen, procedencia y fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar conforme al Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria dependiente del MSP Y BS, al Formulario de la Lista de Precios que consta en la oferta y al formulario de datos garantizados, por cada producto ofertado y si las muestra cumplen con las Especificaciones Técnicas declaradas. El número de registro sanitario deberá estar impreso por la muestra presentada.. Al respecto, consultamos, lo que el PBC quiere indicar es que, inclusive ¿para el caso de los bienes que deben ser entregados en su envase primario (blisters), en dicho envase primario también debe estar impreso el número de registro sanitario? En el supuesto caso de que sea afirmativa la respuesta a la pregunta precedente, o sea, que el PBC requiera que en los envases primarios (blisters) deba estar impreso el número de registro sanitario, solicitamos a la convocante que esta exigencia sea eliminada, puesto que en la Resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 23/95, internalizada en nuestro ordenamiento legal por medio del Decreto Nº 17.057/97, no se encuentra establecida obligatoriedad alguna de consignar dicha información en el envase primario. Así también, debemos señalar que el PBC, en en la sección Embalajes y documentos, bajo el título Recepción del Producto, establece expresamente que Los productos a ser entregados deberán observar lo dispuesto en la Resolución GMC/RES Nº 23/95 REQUISITOS PARA EL MERCOSUR, PARA PRODUCTOS FARMACEUTICOS PUNTO 6: 6.2.3.2 Y 6.2.3.4,.
Entre los Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia del PBC se solicita, en el inciso c), una Constancia emitirá por el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero donde se expresa que el oferente no se encuentra en mora en la entrega de medicamentos, emitida dentro de los 2 (dos) meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no es proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero. Al respecto de este requerimiento, solicitamos que el mismo sea excluido atendiendo a que, al ser un documento expedido por la propia convocante y al no contar con un procedimiento preestablecido para la obtención de este (plazos de entrega, de solicitud, como proceder ante la negativa o demora en la emisión de dicha constancia, etc.), el mismo no puede ser exigido como un requerimiento para ofertar ya que, de este modo, la convocante podría incluso arbitrariamente negarse a entregar el mismo y de esa manera decidir quien puede o no puede presentarse a ofertar.
Entre los Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia del PBC se solicita, en el inciso c), una Constancia emitirá por el Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero donde se expresa que el oferente no se encuentra en mora en la entrega de medicamentos, emitida dentro de los 2 (dos) meses anteriores a la apertura y recepción de ofertas y/o Declaración Jurada manifestando que no es proveedor del Hospital Central de Policía Rigoberto Caballero. Al respecto de este requerimiento, solicitamos que el mismo sea excluido atendiendo a que, al ser un documento expedido por la propia convocante y al no contar con un procedimiento preestablecido para la obtención de este (plazos de entrega, de solicitud, como proceder ante la negativa o demora en la emisión de dicha constancia, etc.), el mismo no puede ser exigido como un requerimiento para ofertar ya que, de este modo, la convocante podría incluso arbitrariamente negarse a entregar el mismo y de esa manera decidir quien puede o no puede presentarse a ofertar.
Se solicita dicho certificado de tal manera a garantizar que aquellos potenciales oferentes no se encuentren en falta con el Hospital de Policía, además de generar una obligación de cumplimiento correcto en la entrega de los bienes, generando así un buen historial de la empresa con la convocante, lo cual se tiene en cuenta en los demás procesos licitatorios solicitados por el Hospital de Policía, de tal manera a que aquellos con buenos antecedentes puedan seguir proveyendo a la institución y aquellos que no poder descartar y evitar contratiempos a la hora de la provisión de lo adquirido.
23
ITEM N° 1 ACTIVADOR TISULAR DEL PLASMINOGENO INYECTABLE
Solicitamos a la convocante la posibilidad de cotizar la concentración de 18 mg con una presentación de entrega de: Caja conteniendo 1 frasco ampolla + solvente + jeringa de 10 ml con aguja o equipo infusor, a fin de que más oferentes potenciales puedan ofertar.
16-02-2023
20-02-2023
ITEM N° 1 ACTIVADOR TISULAR DEL PLASMINOGENO INYECTABLE
Solicitamos a la convocante la posibilidad de cotizar la concentración de 18 mg con una presentación de entrega de: Caja conteniendo 1 frasco ampolla + solvente + jeringa de 10 ml con aguja o equipo infusor, a fin de que más oferentes potenciales puedan ofertar.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 3 - Amoxicilina + Sulbactam Inyectable CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 3 - Amoxicilina + Sulbactam Inyectable CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
25
Ampicilina + Sulbactam Inyectable
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 4 - Amoxicilina + Sulbactam Inyectable CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 4 - Amoxicilina + Sulbactam Inyectable CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
26
Cefazolina 1 g. Inyectable
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 7 - Cefazolina 1 g. Inyectable IM/IV. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 7 - Cefazolina 1 g. Inyectable IM/IV. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
27
Cefotaxima 1g. inyectable
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 8 - Cefotaxima inyectable. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 8 - Cefotaxima inyectable. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
28
Omeprazol Inyectable
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 24 - Omeprazol Inyectable. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Solicitamos a la convocante la posibilidad de ofertar el Ítem N° 24 - Omeprazol Inyectable. CON y SIN Solvente. Ya que ambas presentaciones se encuentran disponibles en el mercado.
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
29
EETT ITEM N° 3 y 7
¿Para el ítem 3 y 7 se podrá cotizar el producto sin solvente? ¿Y será tenida en cuenta para la adjudicación?
Se solicita remitirse al Pliego de Bases y Condiciones, atendiendo a que la necesidad exitente es la de contar el inyectable con su respectivo solvente.
30
ITEM 10- Cloruro de Potasio Solución Inyectable
Solicitamos a la convocante aclarar el volumen a ser ofertado, ya que en llamados anteriores se ha solicitado de 10 mL.