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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
07-02-2023 - 14:07
Fecha de Fin
09-02-2023 - 09:11
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Comentario
1.)Consultamos a la convocante el motivo por el cual mencionan No Aplica en Capacidad Técnica y Requisito documental para evaluar la capacidad técnica teniendo en cuenta que estos requisitos son para corroborar las Especificaciones Técnicas (Catalogo, Garantía escrita ).//

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
2.)Se solicita a la convocante ajuste al mecanismo establecido en las normativas vigentes Circular DNCP N° 02/23. Anticipo Mipymes.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
3 .) Observamos que mencionan en el CDP normativa derogada (Decreto 6581/2.022), se solicita su adecuacion.// 4.)Los datos consignados en el CDP y PAC, específicamente en las líneas presupuestarias difieren entre sí. //5.) Consultamos a la convocante el motivo por el cual indican no aplica en Tiempo de funcionamiento de los bienes teniendo en cuenta el objeto del llamado (ADQUISICIÓN DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS PARA LA INSTITUCIÓN MUNICIPAL).// 6.)Observamos discrepancia en el SICP indica Forma de pago: Contra Certificado PBC (Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: Plazos.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificaciones Técnicas podrían estar direccionadas
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones se establecen especificaciones que podrían encontrarse dirigidas a una marca. Favor justificar suficientemente la existencia de varias marcas que cumplan con las especificaciones técnicas o la necesidad técnica de mantener las especificaciones técnicas bajo exclusiva responsabilidad de la Convocante.
Comentario
7.) PBC - EE.TT. dirigidas a una marca a la marca Desmalezadora dirigidas la marca STIHL 2.3HP FS220K; Motosierra la marca Husqvarna 61KB; Motocarro la marca Kenton; Favor justificar suficientemente la existencia de varias marcas que cumplan con las especificaciones técnicas o la necesidad técnica de mantener las especificaciones técnicas bajo exclusiva responsabilidad de la Convocante.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Margen para vehiculos
Descripción
Atendiendo el objeto del llamado, se solicita tener en cuenta la aplicación del margen de preferencia previsto en la Ley Nº 4838/12, Art. 9, “Que establece la Política Automotriz Nacional”
Comentario
8.) Atendiendo el objeto del llamado, se solicita tener en cuenta la aplicación del margen de preferencia previsto en la Ley Nº 4838/12, Art. 9, “Que establece la Política Automotriz Nacional” (En caso de que la presente contratación se refiera a la producción y/o ensamblaje de vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios, se deberá sustituir el texto que encuentra en el apartado de Certificado de producto y empleo nacional por lo establecido en la circular DNCP Nº 26/19 de fecha 22 de noviembre del 2019.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.