Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
06-03-2023 - 10:20
Fecha de Fin
08-03-2023 - 16:59
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
Solicitamos ampliar Dictamen MIPYMES.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificación técnica ambigua
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación se establece un criterio de evaluación en el que se menciona la expresión “aproximadamente”, al respecto se observa que tal expresión podría generar confusiones que afectarán a la objetividad del proceso de evaluación. Se solicita sea establecido un rango aceptable, medible y objetivo a los efectos de subsanar la situación planteada.
Comentario
LOTE 1 * ITEM 2: LA PRESENTACION "CREMA" ESTABLECIDA EN ELPBC, NO CORRESPONDE, DEBE SER "POMO". CREMA ES LA FORMA FARMACEUTICA. * ITEM 3: LA PRESENTACION "GOTAS" ESTABLECIDA EN ELPBC, NO CORRESPONDE, DEBE SER "FRASCO". GOTA ES LA FORMA FARMACEUTICA. * ITEM 6: LA PRESENTACION "SUSPENSION" ESTABLECIDA EN ELPBC, NO CORRESPONDE, DEBE SER "FRASCO". SUSPENSION ES LA FORMA FARMACEUTICA. LOTE 2 * ITEM 2: EN PBC, NO QUEDA CLARO EL BIEN REQUERIDO JARABE O SUSPENSION? LA PRESENTACION ESTABLECIDA EN EL PBC "SUSPENSION" ES INCONSISTENTE, SUSPENSION ES LA FORMA FARMACEUTICA. * ITEM 8: EN SICP, LO ESTABLECIDO COMO UNIDAD DE MEDIDA "CPM" NO CORRESPONDE AL BIEN REQUERIDO EN PBC LA PRESENTACION DEBE SER FRASCO X 200 DOSIS COMO MINIMO Y NO SOLAMENTE 200 DOSIS. LOTE 3 * ITEM 8-10 EN PBC, NO QUEDA CLARO EL BIEN REQUERIDO JARABE O SUSPENSION? LA PRESENTACION ESTABLECIDA EN EL PBC "SUSPENSION" ES INCONSISTENTE, SUSPENSION ES LA FORMA FARMACEUTICA.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.