Datos de la Verificación
Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
23-05-2023 - 13:19
Fecha de Fin
25-05-2023 - 17:10
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificación técnica ambigua
Descripción
En el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación se establece un criterio de evaluación en el que se menciona la expresión “aproximadamente”,
al respecto se observa que tal expresión podría generar confusiones que afectarán a la objetividad del proceso de evaluación.
Se solicita sea establecido un rango aceptable, medible y objetivo a los efectos de subsanar la situación planteada.
Comentario
* ITEM 109-116-146-147-148-149: SE CONSULTA A LA CONVOCANTE EL PRECIO UNITARIO ESTABLECIDO A QUE UNIDAD DE "ENVASE" CORRESPONDE (FLEXIBLE O SEMIRRIGIDO) PUES SON PRESENTACIONES CON CARACTERISTICAS TECNICAS DIFERENTES Y PODRIA INCIDIR EN LA EJECUCION DEL CONTRATO.
EN NOTA UOC N° 720/2023, DEMUESTRAN QUE LAS PRESENTACIONES REQUERIDAS POSEEN CARACTERISTICAS TECNICAS DIFERENTES EN CUANTO AL MATERIAL. EN LA PLANILLA DE PRECIOS NO SE PUEDE INDIVIDUALIZAR EL PRECIO UNITARIO ESTABLECIDO A CUAL DE LOS MATERIALES CORRESPONDEN, POR LO QUE NO SE PUEDE COMPROBAR ELCUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION DNCP N° 1890/20
EN LA NOTA DE REFERENCIA ASUME LA CONVOCANTE EL ESTADO INCIPIENTE EN LAELEBORACION DE LA UNIFICACION DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS,POR LO QUE NO DEBERIAN UTILIZAR DICHAS ESPECIFICACIONES HASTA QUE LA DNCP EMITA UNA NORMATIVA LEGAL AL RESPECTO.
* EN SICP Y PBC LO ESTABLECIDO COMO PRESENTACION "UNIDAD" NO CORRESPONDE.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.