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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
23-03-2023 - 12:47
Fecha de Fin
27-03-2023 - 10:22
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podría resultar limitante/excluyente, se requiere su modificación o en su caso la presentación de una justificación técnica suficiente bajo responsabilidad exclusiva de la convocante a los efectos de demostrar porque técnicamente resulta necesario el criterio establecido.

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere la acreditación de la experiencia por cada año
Descripción
El requisito de acreditación de la experiencia por cada año no se adecua a lo recomendado en el Pliego de Bases y Condiciones/carta de invitacion estándar. Se solicita su adecuación al Pliego/carta Estándar, o en su caso que se justifique razonablemente el criterio establecido.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Teniendo en cuenta el objeto de la presente licitación (alimentación escolar), solicitamos a la convocante tener en consideración lo dispuesto en los artículos 193 al 195 de la Ley 7050/2023 en concordancia con la Circular DNCP Nº 1/2023.// En una nota la convocante menciona que no otorgará anticipo para las empresas mipymes, sin embargo en el SICP se ha tildado dicha opción.// Indicamos a la convocante que el art. 40 de la Ley N° 2051/03 fue modificado por Ley Nº 6716/2021, al respecto solicitamos actualizar en el modelo de publicación en el periódico dicha información. //En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la convocante indica que el lugar de realizar las consultas seria en la municipalidad, al respecto solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019. // El porcentaje de la agricultura familiar que han indicado en la autorización del MEC y SICP (10%) difiere de lo establecido en la nota de justificación remitida (25%).// El formato del CDP remitido no se ajusta al formato vigente establecido en la normativa vigente ( ver Art. 341 del Decreto Nº 6581/2022 ).// Solicitamos a la convocante completar conforme al instructivo que se encuentra en el pliego estándar los puntos que hace referencia a “Identificación de la unidad solicitante y justificaciones, contratación del personal de la zona, periodo de validez de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, forma y condiciones de pago.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia entre SICP y PBC/Carta de Invitación
Descripción
Se verifica la existencia de discrepancia entre condiciones/requisitos establecidos en el PBC/Carta de Invitación y datos cargados en el SICP. Se solicita subsanar.
Comentario
La cantidad de raciones establecidas en la Autorización del MEC (142.623) difiere de lo cargado en la lista de precios del SICP (111.384), al respecto solicitamos a la convocante realizar las gestiones correspondientes ante el MEC para rectificar la autorización.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula de la proforma de contrato y en el pliego referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
En el dictamen de estimación de costo la convocante menciona id 410637 sin embargo en la planilla de comparación de precios indican el Id 410167, al respecto solicitamos que rectifiquen el documento.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documento no corresponde al proceso
Descripción
Se verifica que el documento remitido no corresponde al presente proceso, se solicita subsanar.
Comentario
La Resolución de la Junta Municipal remitida corresponde al ID 494947 y no a la presente licitación.

Tema
PROPIOS DE MUNICIPIO
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de Autorizacion del PBC por parte de la Junta
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa que no ha sido remitida la Autorización de la Junta para la aprobación de los Pliegos de Bases y Condiciones para llamados a Licitación Pública o Licitación por Concurso de Ofertas, establecida como requisito en el Art. 212 de la Ley Orgánica Municipal 3966/10. En consecuencia se solicita la remisión de la mencionada Autorización.
Comentario
Solicitamos a la convocante remitir la Resolución de la Junta Municipal por la cual se autoriza a la intendencia a realizar el llamado.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.