Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 /*Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, se solicita: “Documentación y manuales: En Español.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto que sea descrito como de preferencia u opcional, teniendo en cuenta que los diversos fabricantes no editan manuales en español, salvo el fabricante Salicru de origen español, de cuyo modelo SLC-20-CUBE4 están copiadas las especificaciones técnicas del presente llamado, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Aun cuando es posible que existan otros equipos que cumplen con este requisito, solamente el modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru cumple todos los requerimientos del presente llamado, en su conjunto. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 10-05-2023
32 /*Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, se solicita: “Funcionamiento: VFI-SS-111 según EN-62040-3.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto que sea indicado como opcional, considerando que también deberán ser presentadas otras certificaciones tales como ISO9001 e ISO14001, que son requeridas en el presente llamado, y las que permitirán garantizar de igual manera el cumplimiento de las condiciones ambientales y de calidad de los equipos UPS a ser ofertados, y atendiendo además a que la especificación técnica fue copiada textualmente del modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 10-05-2023
33 /*Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, se solicita: “Ruedas: Incorporadas.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto que sea indicado como de preferencia u opcional, teniendo en cuenta que los diversos fabricantes normalmente no incorporan ruedas para los equipos UPS de esta potencia de 20KVA que aún no son de mucho peso, de forma tal que justifique esta característica, y considerando además que la especificación técnica está direccionada al modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 10-05-2023
34 /*Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, apartado Baterías, se solicita: “Tipo: Pb-Ca selladas, libres de mantenimiento.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto que sea indicado como opcional, considerando que los equipos UPS a ser ofertados incluirán de fábrica las baterías, por ejemplo de Plomo ácido, VLRA, etc, o de otros tipos, de acuerdo a la configuración de cada oferente y/o fabricante, proporcionando igualmente las mismas prestaciones y autonomía, razón por la que no se justifica el requerimiento que las baterías que conforman el banco de baterías del UPS sean de Pb-Ca, y a fin de no restringir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes, y teniendo en cuenta además que la especificación técnica fue copiada textualmente del modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 10-05-2023
35 /*Plazo de Entrega - Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, se solicita: “Plazo de Entrega: ( 5 ) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra.” Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 120 (ciento veinte) días corridos, a partir del día siguiente de la recepción de la Orden de Compra, el plazo para la entrega del Equipo UPS, atendiendo los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipamientos de energía, y considerando además que continúan vigentes las consecuencias de la pandemia a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., lo cual el comercio internacional ha venido experimentando desde hace meses, y teniendo en cuenta además que este plazo establecido es claramente insuficiente, y que favorece a la empresa que trabajó el proyecto que debe tener en su stock el equipo UPS, siendo que la especificación técnica está direccionada al modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”. 27-04-2023 10-05-2023
36 /*Visita Técnica - Item 3. UPS 20KVA En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, se solicita: “Item 3. UPS 20KVA con Instalación.”: Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea realizada una Visita Técnica en el sitio donde deberá ser instalado el equipo UPS de 20KVA, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Convocante con acabado conocimiento de los requerimientos y del alcance de las instalaciones y suministros, con el objeto de conocer con mayor detalles las condiciones de la infraestructura y de las instalaciones existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta, principalmente en lo que se refiere a las aberturas, pasillos y/o escaleras de acceso hasta la sala donde está prevista la ubicación del UPS, la distancia entre el Tablero eléctrico existente y el lugar del UPS a ser suministrado, la distancia entre el UPS a ser suministrado y el tablero eléctrico existente de las cargas a ser alimentadas, la distancia del punto de conexión de la puesta a tierra existente del edificio, las condiciones de refrigeración de la Sala donde será montado el UPS, etc. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: “…En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta…” Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 12-05-2023
37 /*Item 3. UPS En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, apartado Baterías, se solicita: “Ubicación: Integradas en el mismo gabinete.” Al respecto solicitamos a la Convocante que este requisito sea eliminado o en su defecto que sea indicado como opcional, considerando que los equipos UPS de algunos fabricante incorporan banco de baterías externo de fábrica, conforme a la configuración de cada oferente y/o fabricante, proporcionando de igual forma las mismas prestaciones y autonomía, por lo que técnicamente no es justificable este requerimiento, y así también a fin de no restringir la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes, y teniendo en cuenta además que la especificación técnica fue copiada textualmente del modelo SLC-20-CUBE4 de la marca Salicru, según se observa en el link del fabricante https://www.salicru.com/slc-20-cube4.html, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica y determinados oferentes, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 10-05-2023
38 /*Autorización del Fabricante En el PBC, en la sección Datos de la Licitación (DDL), apartado Autorización del Fabricante, se solicita: “Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: No Aplica.” Sin embargo, contrariamente, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Item 3. UPS 20KVA, apartado Generales, se solicita: “Autorización del Fabricante: Deberá presentar carta de autorización del fabricante.” Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar cuál es el requisito correcto a ser considerado; es decir, si será requerida o no, la Autorización del Fabricante de los productos a ser ofertados. LA consulta es cursada de a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. 27-04-2023 10-05-2023
39 /*Sistema de Adjudicación En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contrato, se solicita: Sistema de Adjudicación: Por el total Al respecto, solicitamos a la Convocante que el Sistema de adjudicación sea establecido por Item, considerando que se encuentran Items que no guardan relación directa y necesaria entre sí, para su normal funcionamiento, y de forma a no restringir la participación de un mayor número de oferentes del sector de TI, Redes e Infraestructura de nuestro medio, que cuentan con amplia experiencia y capacidad técnica para llevar a cabo los servicios solicitados. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 27-04-2023 12-05-2023
40 Disco Duro En el pliego de bases y condiciones, especificaciones técnicas, solicitan: ítem 2 – disco duro de 10TB – 5 unidades Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar las características especificas del disco duro solicitado, si deben ser para uso interno en algún dispositivo o como disco externo, esto a fin de cotizar correctamente lo solicitado. 28-04-2023 10-05-2023
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