Datos de la Verificación
Usuario Verificador
vferloni
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
03-08-2023 - 08:49
Fecha de Fin
07-08-2023 - 15:38
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consulta, no se ajusta a lo establecido en el art. 24 2da parte, de la Resolución DNCP N.º 5695/2019, considerando la modalidad presentada.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
Se consulta a la convocante del porque no se tramito la autorización del MADES en tiempo y forma, ya que el llamado fue comunicado a la DNCP en fecha 20/06/2023. (Teniendo en cuenta el sitio/lugar de ejecución del proyecto, las dimensiones indicadas en los planos, se reitera la observación y en su defecto remitir la constancia emitida por la entidad competente sobre el caso: Se les informa que el proceso de contratación podría necesitar contar con los permisos de los entes pertinentes ejemplo: MADES (ex SEAM) o en su defecto, deberán contar con algún documento donde las autoridades competentes se expidan indicando que el proceso de contratación no requiere de ningún permiso atendiendo al objeto de la contratación. Se les recuerda lo previsto en el instructivo del pliego estándar vigente: “…La persona encargada de redactar las bases debe tener en cuenta lo que dispone la legislación vigente en materia ambiental y tramitar previamente los correspondientes permisos, licencias y autorizaciones según corresponda ante la autoridad competente; atendiendo la envergadura, la localización y el impacto que la obra podría causar decidirá la correspondencia o no de los mismos]…”.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.