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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
adacuna
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
28-07-2023 - 12:36
Fecha de Fin
29-07-2023 - 11:56
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Anticipo para las MIPYMES
Descripción
El art. 188 de la Ley de presupuesto 7050/23 menciona que “En las contrataciones de bienes, obras, servicios y/o consultorías, las convocantes deberán prever que en caso de que una MIPYMES (Micro, Pequeña y Mediana Empresas), resultare adjudicada o beneficiada con una orden de compra o servicio en la tienda virtual, deberán realizar el pago de un anticipo a la misma, salvo que hubiere justificado al momento de la comunicación del llamado que el anticipo no resulta aplicable a ningún adjudicado”, por lo que se solicita establecer en el PBC el porcentaje que será aplicado o en caso de no aplicar, se solicita remitir la justificación correspondiente.
Comentario
1) SE REITERA QUE; en el punto de anticipo a MIPYMES, no se indica claramente la forma de amortización del anticipo.

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Plan de entrega confuso
Descripción
Se observa que el Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación resulta confuso, y que podría generar conflictos durante la ejecución del contrato. Se solicita la modificación del mismo a los efectos de subsanar la mencionada deficiencia.
Comentario
1) Atento a lo indicado en la nota de contestación; se reitera la consulta del "lugar de prestación de servicios", ya que en la lista de precios se observa motoniveladora, y si el taller adjudicado deberá trasladar toda su infraestructura, personal y herramientas a la sede municipal, para la realización de los trabajos que le fueren requeridos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Necesidad de separar servicio de respuesto
Descripción
Se recuerda que en los procedimientos de contratación que tengan por objeto la contratación de servicios de mantenimiento y/o reparación, que incluyan la provisión de mano de obra y de repuestos o insumos, las convocantes se encuentran obligadas a solicitar en la planilla de Lista de Precios la cotización en forma separada, la mano de obra requerida y cada uno de los repuestos o insumos a ser utilizados, en el dictamen de precios y el SICP no se observa el detalle de la mano de obra y/o repuestos y/o insumos para la cotización correspondiente. Se solicita subsanar.
Comentario
En este punto se observa que la convocante responde (no va a ser necesario repuesto de acuerdo al encargado), recordamos a la convocante que la normativa exige que... ( en la lista de Precios la cotización en forma separada, la mano de obra requerida y cada uno de los repuestos o insumos a ser utilizados...).

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Especificiaciones Técnicas insuficientes
Descripción
En relación a la Especificaciones Técnicas detalladas en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, creemos conveniente que las mismas sean ampliadas a los efectos que se definan e individualicen todos los aspectos necesarios para una correcta cotización de los bienes/servicios requeridos, de acuerdo con los Principios de Igualdad y Transparencia.
Comentario
1) Consultamos a la convocante si no dará de manera detallada en que consistirá (Mantenimiento del Aire Acondicionado).

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Pliego de Bases y Condiciones debe adecuarse a requisitos del MADES
Descripción
Verificado el Pliego de Bases y Condiciones se observa que las especificaciones Técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley 5211/14 “De calidad del Aire”, el Decreto N° 12685/08 “Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de tecnologías alternativas”, y la Resolución N° 1242/17 de fecha 3 de octubre de 2014 dictada por la Secretaría del Ambiente.
Comentario
1) Atento a la nota de contestación: no se visualiza la contestación a la siguiente observación (Específicamente referente al item (Mantenimiento del Aire Acondicionado), si el mismo trae aparejado mantenimiento en cuanto a gas solicitamos indicar en las especificaciones técnicas (“Reglamento de Control de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de tecnologías alternativas”). Se reitera la misma.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.