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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
20-09-2023 - 00:32
Fecha de Fin
25-09-2023 - 16:44
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.
Comentario
1.) Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado. (120 DIAS CONTADOS A PARTIR DEL ACTA DE INICIO DE OBRAS.) ). indican en Planificación de indicadores de cumplimiento:(Serán presentados 2 (dos) certificado) y el plazo de ejecución indicado es de 120 días en Artículo 42.- El pliego de bases y condiciones determinará con precisión el método con el que debe ser medida y certificada la obra. También estarán contemplados los plazos en los cuales deberán ser efectuadas las mediciones, los que no serán superiores a treinta días entre una y otra; estas mediciones y certificaciones periódicas serán consideradas provisorias hasta la medición final y definitiva, a la conclusión de la obra. //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
2.) Pro forma de de contrato la cláusula en el punto se observa que mencionan el ID N° 431.257, el cual no corresponde al llamado CONSTRUCCION DE ENTRADA VEHICULAR EN EL COLEGIO NACIONAL PROSPERO ALMADA Y ADECUACION DE SANITARIO EN LA ESC. BASICA N° 352 DEFENSORES DEL CHACO 433972.// 3.) Se observa en la clausula 9. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO no mencionan el nombre o el area que sera responsable de la administracion del mismo.// 4.) PBC- . Visita al sitio de obra se observa La fecha establecida para la visita técnica se encuentra fenecida, (10/08/2023) se sugiere tener en cuenta los plazos de verificación de los procesos(28/09/2023).// 5.) PBC- Periodo de construcción, lugar y otros datos se solicita aclarar como serán computados los día (120 DIAS CONTADOS A PARTIR DEL ACTA DE INICIO DE OBRAS.) mencionados hábiles o calendarios para evitar confusión al momento de ejecución del contrato.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
6.) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la fecha fijada para tope de consultas no se ajusta a los 3 días indicados a la normativa establecida en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019, ver Resolución DNCP 2157/2022 en el art. Por la cual se establecen causales de no tramitación de contratacion comunicados por las Municipalidades en su art. 1 //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
El pliego de bases y condiciones/carta de invitación utilizado no corresponde.
Descripción
El pliego de bases y condiciones/carta de invitación utilizado no corresponde a la modalidad adoptada y/o el objeto del llamado, se solicita utilizar la carta de invitación/pliego de bases y condiciones correspondiente.
Comentario
7.) Se observa que el PBC utilizado no corresponde.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
El plazo de ejecución previsto sobrepasa el presente ejercicio fiscal
Descripción
Se verifica en el sistema de Información de Contrataciones Públicas que el presente llamado debe ejecutarse íntegramente durante el presente ejercicio fiscal (no se trata de un procedimiento plurianual). Sin embargo, el plazo de ejecución previsto sobrepasa el presente ejercicio fiscal. Se solicita realizar el ajuste correspondiente para subsanar tal inconsistencia
Comentario
8.) Considerando que el plazo de ejecución del contrato 120 DIAS CONTADOS A PARTIR DEL ACTA DE INICIO DE OBRAS se observa que se extenderá hasta el próximo ejercicio fiscal, el PAC deberá ser de carácter plurianual. Solicitamos a la convocante realizar las modificaciones necesarias, para ello adjuntar la aprobación de la Junta Municipal (con dicha indicación), el CDP conforme a lo establecido en el PAC, además de mencionar en el pliego y modelo de contrato, que el llamado es de carácter plurianual y que los fondos previstos para el ejercicio fiscal siguiente se encuentran supeditados a la aprobación del Presupuesto de la Municipalidad del ejercicio fiscal correspondiente.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.