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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
hgaleano
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
01-11-2023 - 16:49
Fecha de Fin
06-11-2023 - 12:48
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Topes para comunicación
Descripción
Considerando los plazos topes de comunicación de procedimientos licitatorios, recordamos a la Convocante, tener en cuenta lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Hacienda y sus modificatorias.
Comentario
Conforme lo dispuesto en la Resolución DNCP N° 3916/2023 del 19/10/2023, se visualiza que el proceso fue remitido fuera del plazo establecido.  “La fecha se ha otorgado como excepción a los plazos regulados inicialmente como topes de comunicación, considerando los demás plazos legales de una compra pública, por lo que la convocante debe acogerse a la resolución de prórroga otorgada. Caso contrario, puede reprogramar su PAC a un caso Ad Referéndum al año 2024 y ejecutarlo en el siguiente ejercicio fiscal”. La Resolución por la cual fue otorgada la prorroga, establecía el plazo de comunicación de reparos llamados, en ese sentido la fecha para comunicar del reparo se encuentra fenecida.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.