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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
hfernandez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
05-10-2023 - 19:53
Fecha de Fin
11-10-2023 - 14:27
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula de la proforma de contrato y en el PBC referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Item 47-49-54-57-58-60. Solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema. Los servicios requeridos de pintura interior y exterior también poseen sus propios códigos de catálogo. al respecto solicitamos verificar cada uno de los ítems con sus respectivos códigos de catálogos para evitar reiteradas retenciones del proceso (si la convocante no encuentra el código de catálogo favor proceder conforme lo establece el art. 7 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019).

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
Solicitamos la remisión del permiso/acuerdo/convenio entre la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y la Gobernación de Ñeembucú, tomando en consideración que en la planilla de precios del SICP y en las especificaciones técnicas mencionan INSTALACIÓN ELÉCTRICA ALUMBRADO PÚBLICO , o bien, remitir el documento emitido por el ente pertinente donde se indique que no necesita ningún permiso. Considerar lo previsto en la Ley 966 Carta Orgánica de la ANDE: Art. 114° …”ANDE suministrará le servicio de alumbrado público en las calles de acuerdo con las normas de iluminación. La extensión de este servicio se establecerá en consulta con la Municipalidad respectiva, dentro del perímetro servido por las redes de baja tensión. Art. 115 El costo de las instalaciones destinadas al alumbrado de plazas, parques y jardines público será abonado por las municipalidades y la ANDE, y ésta se encargará de su ejecución y mantenimiento y proveerá el servicio correspondiente. Art. 116 ANDE atenderá las solicitudes de las Municipalidades para efectuar mejoras en el sistema de alumbrado público existente, instalado de acuerdo a lo previsto en el artículo 114°. Art. 118º. Las Municipalidades ejecutarán por su propia cuenta las instalaciones especiales de alumbrado de carácter ornamental, tales como fuentes luminosas e iluminación exterior de los edificios públicos y monumentos, y se encargarán de su operación y mantenimiento. ANDE queda obligada únicamente a suministrar la energía necesaria con las limitaciones señaladas en el artículo 116º de esta Ley. Art. 121° A fin de que la ANDE pueda garantizar la eficacia del servicio y lograr la conservación y la seguridad de sus instalaciones, queda prohibido a terceros: a) Cualquier acción, intervención o maniobra no autorizada en las instalaciones abastecedoras de la ANDE…”.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.
Comentario
Los planos y diseños adjuntos carecen de sus respectivas firmas.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ubicación geográfica de obras
Descripción
Se solicita realizar la ubicación geográfica de los lugares donde las obras serán ejecutadas, se recuerda la obligatoriedad de informar la misma con la comunicación de los llamados a contratación, cuyo objeto sea la ejecución de obras públicas, en los términos del inciso p) del Art. 3 de la Ley 2051/03. Res. DNCP N° 2477/18
Comentario
Se solicita realizar la ubicación geográfica de la Plaza Adolfina Espinola de Cardozo donde las mejoras serán ejecutadas,

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documento no corresponde al proceso
Descripción
Se verifica que el documento remitido no corresponde al presente proceso, se solicita subsanar.
Comentario
En las especificaciones técnicas se observa lo siguiente: Para las inauguraciones, será responsabilidad absoluta del Contratista contratar a una empresa de limpieza o personal adecuado para acondicionar el edificio para tales efectos, al respecto indicamos que el vinculo contractual termina con la recepción definitiva de la obra.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.