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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
07-06-2024 - 11:44
Fecha de Fin
13-06-2024 - 15:18
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
La constancia Ad-Referéndum tiene que estar firmada por Administración y finanzas //PBC:Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera :a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al momento de la apertura de sobres ya se encuentra en el sigte apartado :Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación//En el caso de no agregar requisitos en documentales en la experiencia solicitamos excluir //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Sistema de Adjudicación por items en cuanto a productos nacionales (bienes)
Descripción
Verificado el llamado, se observa que existen bienes/obras o servicios de posible producción nacional, motivo por el cual de acuerdo a lo dispuesto en el Res. DNCP Nº 1061/2014, se solicita la utilización del sistema de adjudicación por ítems o en su caso la justificación técnica de la adopción de un sistema de adjudicación diferente.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Las modificaciones realizadas a las plantillas no se ajustan al Dictamen del MITIC
Descripción
En el SICP, se constata que las modificaciones realizadas a las plantillas no se ajustan al Dictamen del MITIC. Se solicita su modificación a los efectos de subsanar la discrepancia existente.
Comentario
- Impresora Multifuncion a color - según Resolución Mitic 275/2024, requiere autorización de MITIC - UPS de 1200VA - según Resolución Mitic 275/2024, requiere autorización de MITIC

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.