Datos de la Verificación
Usuario Verificador
cpperez
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
31-01-2024 - 14:04
Fecha de Fin
05-02-2024 - 12:36
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Consideramos que el apartado PERFIL DE LOS PROFESIONALES podría resultar limitante/excluyente, indican que unicamente su experiencia debe ser como COORDINADOR DE PROYECTO de alguna MUNICIPALIDAD.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Consultamos a la convocante porque no aplica Capacidad Financiera?//
Consultamos a la convocante porque en el apartado PERFIL DE LOS PROFESIONALES solo se solicita que el profesional sea ARQUITECTO? considerando que un Ingeniero Civil podría realizar el mismo trabajo, no seria limitante?//
Solicitamos a la convocante indicar en el apartado PERFIL DE LOS PROFESIONALES cuales son los documentos con los cuales se va "demostrar el conocimiento".//
Consultamos a la convocante que puntaje va otorgar al que tenga entre 10 y 11 años de experiencia?.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Discrepancia en los requisitos y/o las condiciones establecidas en las cláusulas del pliego/carta de invitación.
Descripción
Se verifican discrepancias en cuanto a los requisitos y/o las condiciones establecidas en las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones/Carta de Invitación, se solicita subsanar.
Comentario
Verificamos que existe discrepancia en cuanto a las condiciones de pago indicados en el PBC y la forma de pago indicado en el SICP, se solicita unificar criterios.//
Verificamos que en el apartado CONDICIONES DE PAGO indican un objeto de gasto que difiere al objeto de gasto que indican en la constancia ADREFERENDUM. Se solicita unificar criterios.//
Verificamos que existe discrepancia entre el SICP y el PBC exactamente en el apartado que trata de anticipos, puesto que, en el SICP indican que si otorgaran y en el PBC que no otorgara, se solicita unificar criterios.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.