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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
16-01-2024 - 13:18
Fecha de Fin
19-01-2024 - 08:39
Estado
Retenido

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal tiene cierre al 30 de junio
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa en los requisitos de Capacidad financiera, no se ajustan a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria, se solicita subsanar, atendiendo que los mismos constituyen requisitos aplicables para analizar el margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido, fondo de garantía y disponibilidades. Esta misma observación es aplicable a los documentos adicionales.
Comentario
Observamos en Capacidad Financiera y en Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera, que solicitan el año 2023. El año requerido, no se ajusta a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria, se solicita subsanar. Le recordamos que los Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal, cierran el 30 de junio. Solicitamos a la convocante en materia tributaria, ajustarse a las reglamentaciones vigentes. //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato: Indican “30 días corridos posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato”. Al respecto, solicitamos indicar en el pliego el INICIO, es decir, a partir de que acto o hecho se inciaria el periodo de validez garantía de cumplimiento.//2) FORMA DE PAGO: Observamos en el SICP (A PLAZOS), sin embargo la convocante no indica en el PBC, solicitamos unificar lo del sistema en el PBC.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Considerando la modalidad del proceso CONCURSO DE OFERTAS, la Fecha tope de consulta, no se ajusta a los 3 días hábiles indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Precios Referenciales
Descripción
Se solicita remitir los documentos respaldatorios, conforme lo requiere la reglamentacion vigente.
Comentario
No remitio todos los documentos de respaldo utilizados para la elaboración de precios referenciales. No se visuaiza las Notas de solicitud de presupuestos.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
No se visualiza combinación de fuentes, el Dictamen no se ajusta a la Resolucion DNCP N° 1890, no utilizan las opciones indicadas en la normativa. Solicitamos a la convocante completar y/o rectificar el dictamen referente a la estimación de costo.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Justificación Deficiente del Contrato Abierto
Descripción
Se observa que la justificación remitida respecto a la utilización de la modalidad contrato abierto no se adecua a los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente. Se solicita sea subsanada tal deficiencia.
Comentario
Se solicita remitir la justificación, indicando la normativa vigente Resolución DNCP N° 4400/22 - CONTRATO ABIERTO

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.