La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, mediante la Resolución DNCP N° 271/2022, estableció las directrices para la comunicación de adjudicaciones resultantes de llamados que debieron comprometer parcial o totalmente el presupuesto del ejercicio fiscal 2021 y que no hayan generado código de contratación.
Cuando ninguno de los proveedores adjudicados cuente con Código de Contratación, la entidad convocante deberá remitir su formulario de reprogramación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) por mesa de entrada digital o mesa de entrada manual, solicitando la migración del PAC al presente ejercicio fiscal. En estos casos, no será necesario remitir un acto administrativo por el cual se apruebe la reprogramación del PAC a ser migrado.
Es importante mencionar que las directrices detalladas en esta resolución no eximen a la convocante de responder o subsanar las observaciones que pudiera realizar la Dirección de Normas y Control de la DNCP.
Cuando la reprogramación del PAC ya esté publicada, la convocante deberá generar el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria correspondiente al presente ejercicio fiscal y remitir como documentación complementaria para la comunicación de la adjudicación.
La resolución también establece el procedimiento para la comunicación de las adjudicaciones con más de un proveedor adjudicado donde uno de ellos ya cuente con Código de Contratación.
La Resolución DNCP N° 271/2022 se encuentra publicada en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y puede ser descargada ingresando al siguiente enlace https://bit.ly/3rQHoFx.