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Datos de la Licitación

Características Especiales
Urgencia Impostergable Licitación sin Convocatoria Pública
ID de Licitación
383244
Nombre de la Licitación
Adqui. de Producto Alimenticios en el Marco de la Emergencia Sanitaria de COVID-19
Estado
Licitacion Adjudicada
Convocante
Municipalidad de Caraguatay
Unidad de Contratación
Uoc Municipalidad de Caraguatay
Categoría
14 - Productos Alimenticios
Tipo de Procedimiento
CE - Contratación por Excepción
Estado
Licitacion Adjudicada
Fecha de Apertura de Ofertas
08-08-2020 - 08:30
Fecha de Publicación
19-08-2020 - 10:25

Adjudicación y Contrato

Sistema de Adjudicación
Por Item
Monto Total Adjudicado
₲ 334.656.000
Moneda de Pago
Guaraníes
Fuente de Financiamiento
Recursos Institucionales (Fuente 30)
Anticipo
No se otorgará Anticipo

Causal de la Excepción

  • Desastres Naturales: por desastres producidos por fenómenos naturales que peligren o alteren el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país (Inciso b) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • La seguridad del Estado: la convocante considera que existen evidencias de que los procedimientos ordinarios de licitación pueden causar un daño en el ámbito de la seguridad nacional, es necesario que exista un decreto del Poder Ejecutivo o en una ley del Congreso que la defina. (Inciso c) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)
  • Urgencia Impostergable o Razones Técnicas: La Urgencia debe ser cierta, concreta, objetiva e inmediata y esperar el resultado de la licitación podría ocasionar un grave perjuicio a los intereses públicos o Cuando en el mercado existe un solo oferente capaz de satisfacer en forma adecuada las necesidades de la institución convocante. (Inciso g) del Artículo 33 de la Ley N° 2051/03)

Informaciones Importantes

  • Conforme al Artículo 210 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal”, la publicación de las contrataciones realizadas por las Municipalidades NO ESTAN SUJETAS A AUTORIZACIONES O APROBACIONES PREVIAS DE LA DNCP; sin perjuicio de recurrir a los mecanismos de impugnación por quienes vieren transgredidos sus derechos o cualquier interesado en denunciar los actos que contravengan las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, dentro de los plazos previstos en la misma