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Fondos de reparo

 

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: Haga clic aquí para escribir texto. 

 

No Aplica

Fondos de reparo

 

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: Haga clic aquí para escribir texto. 

 

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo NO PODRÁ SER SUSTITUIDA POR PÓLIZA DE SEGURO.

Fondos de reparo

 

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: Haga clic aquí para escribir texto. 

 

No Aplica

Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.

Este fondo NO PODRÁ SER SUSTITUIDA POR PÓLIZA DE SEGURO.

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 [ (cien millones)].    2) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de más de una persona Gs. 500.000.000 (quinientos millones) 3) Daños a cosas de terceros Gs. 100.000.000 (cien millones)

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 (cien millones) 2) Gastos médicos por persona Gs. 20.000.000   3) Gastos de sepelio por persona Gs. 10.000.000.

Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de Gs.. 100.000.000 (cien millones)

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 [ (cien millones)].    2) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de más de una persona Gs. 500.000.000 (quinientos millones) 3) Daños a cosas de terceros Gs. 100.000.000 (cien millones)

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 (cien millones) 2) Gastos médicos por persona Gs. 20.000.000   3) Gastos de sepelio por persona Gs. 10.000.000.

Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de Gs.. 100.000.000 (cien millones)

 Las pólizas de seguro deberán ser emitidas por una compañía aseguradora autorizada en la República del Paraguay a operar y emitir las pólizas de seguros requeridas en la presente clausula La compañía aseguradora deberá contar con una Calificación de Bajo Riesgo tales como: A, AA, AAA con sus respectivas tendencias (+) o (-) de acuerdo a la última publicación de la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay.

Pólizas de Seguro

No obstante las obligaciones que se establezcan en el presente apartado, el contratista será en todo momento el único responsable y protegerá a la contratante frente a cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños de cualquier naturaleza o lesiones corporales producidas como consecuencia de la ejecución del presente contrato por el contratista, sus subcontratistas y su respectivo personal.

  • Seguro contra daños a terceros: El contratista suscribirá un seguro de responsabilidad civil que comprenderá los daños corporales y materiales que puedan ser provocados a terceros como consecuencia de la realización de los trabajos, así como durante el plazo de garantía. El capital asegurado es 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 [ (cien millones)]. 2) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de más de una persona Gs. 500.000.000 (quinientos millones) 3) Daños a cosas de terceros Gs. 100.000.000 (cien millones)

La póliza de seguros debe especificar que el personal de la contratante, el fiscal de obra, así como el de otras empresas que se encuentren en la zona de obras se considerarán como terceros a efectos de este seguro de responsabilidad civil.

  • Seguro contra accidentes de trabajo: El contratista contratará todos los seguros necesarios para cubrir accidentes de trabajo requeridos por la reglamentación vigente por la cantidad de personal que efectivamente se encuentre trabajando en la obra debidamente identificados e individualizados. El contratista será responsable de que sus subcontratistas también cumplan con esa obligación. El contratista mantendrá indemne a la contratante y al fiscal de obras frente a todos los recursos que el personal del contratista o el de sus subcontratistas pudieran ejercer en este sentido. El capital asegurado es de 1) Lesión corporal, incapacidad permanente o muerte de una persona Gs. 100.000.000 (cien millones) 2) Gastos médicos por persona Gs. 20.000.000 3) Gastos de sepelio por persona Gs. 10.000.000.

Seguro contra los riesgos en la zona de obras: El contratista suscribirá en conformidad con la reglamentación aplicable un seguro contra todo riesgo en la zona de obras. Dicho seguro contendrá las garantías más amplias y cubrirá, por lo tanto, todos los daños materiales que puedan sufrir todos los bienes incluidos en el contrato, en particular los daños debidos a un defecto de concepción o diseño, a defectos del material de construcción o a la realización de trabajos defectuosos, a fenómenos naturales, a la remoción de escombros después de un siniestro. Este seguro también deberá proteger contra los daños materiales ocasionados por fenómenos naturales. El capital asegurado es de Gs.. 100.000.000 (cien millones)

Las pólizas de seguro deberán ser emitidas por una compañía aseguradora autorizada en la República del Paraguay a operar y emitir las pólizas de seguros requeridas en la presente clausula La compañía aseguradora deberá contar con una Calificación de Bajo Riesgo tales como: A, AA, AAA con sus respectivas tendencias (+) o (-) de acuerdo a la última publicación de la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay.

Certificaciones mensuales

Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:

 Conforme al cronograma de trabajo que debe presentar el contratista, se realizarán las verificaciones de los trabajos ejecutados el 20 de cada mes, o dia hábil siguiente a la fecha 20,  finiquitada cada etapa de la construcción. Se labrará un acta de medición que servirá de base a la expedición del certificado por parte del contratista. Este certificado debe ser presentado a la contratante al día siguiente de finalizada las verificaciones.

Certificaciones mensuales

Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:

En el Acta de Inicio se establecerá periodo de medición. La presentación del certificado será de hasta 7 dias posteriores a la fecha fin del periodo de medición.

Queda establecida la obligatoriedad del cumplimiento de la presentación de los certificados mensuales y ante a falta de presentación de los mismos, en el periodo establecido se establece una penalización de un salario mínimo vigente por cada dia de atraso computado desde el día siguiente del plazo establecido precedentemente a ser descontado del certificado de pago presentado.

La falta de presentación consecutiva de 3 certificados constituirá causal de rescisión de contrato.

El certificado deberá ser presentado en Mesa de Entrada del Comité Organizador de los Juegos, el cual será verificado para su proceso correspondiente. Si no tuviese retorno o correcciones al certificado presentado se dará por aprobado 7 días hábiles posteriores a la fecha de presentación del mismo.

Del mismo modo, al momento de la presentación de las certificaciones de obra, la Contratista deberá presentar pedido de prorroga de plazo de ejecución que será analizada según los siguiente.

  • Por lluvia: se considerará el reporte de precipitaciones emitida por la DINAC del periodo de cada certificación donde indique valor de precipitación, que a su vez deberá estar registrado en el libro de obras y toda vez que la precipitación imposibilite el desarrollo de la obra en ese día.

Certificaciones mensuales

Los procedimientos y formularios a utilizar para preparar los certificados son los siguientes:

Conforme al cronograma de trabajo que debe presentar el contratista, se realizarán las verificaciones de los trabajos ejecutados el 20 de cada mes, o dia hábil siguiente a la fecha 20, finiquitada cada etapa de la construcción. Se labrará un acta de medición que servirá de base a la expedición del certificado por parte del contratista. Este certificado debe ser presentado a la contratante al día siguiente de finalizada las verificaciones.

En el Acta de Inicio se establecerá periodo de medición. La presentación del certificado será de hasta 7 dias posteriores a la fecha fin del periodo de medición.

Queda establecida la obligatoriedad del cumplimiento de la presentación de los certificados mensuales y ante a falta de presentación de los mismos, en el periodo establecido se establece una penalización de un salario mínimo vigente por cada dia de atraso computado desde el día siguiente del plazo establecido precedentemente a ser descontado del certificado de pago presentado.

La falta de presentación consecutiva de 3 certificados constituirá causal de rescisión de contrato.

El certificado deberá ser presentado en Mesa de Entrada del Comité Organizador de los Juegos, el cual será verificado para su proceso correspondiente. Si no tuviese retorno o correcciones al certificado presentado se dará por aprobado 7 días hábiles posteriores a la fecha de presentación del mismo.

Del mismo modo, al momento de la presentación de las certificaciones de obra, la Contratista deberá presentar pedido de prorroga de plazo de ejecución que será analizada según los siguiente.

  • Por lluvia: se considerará el reporte de precipitaciones emitida por la DINAC del periodo de cada certificación donde indique valor de precipitación, que a su vez deberá estar registrado en el libro de obras y toda vez que la precipitación imposibilite el desarrollo de la obra en ese día.

Pago de cuotas mensuales

LA VALIDEZ O CONTINUIDAD DE CONTRATACIÓN DEL EJERCICIO FISCAL  QUEDARA SUPEDITA A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIO APROBADOS Y ASIGNADOS DEL PLAN FINANCIERO EN LOS EJERCICIOS FISCALES SIGUIENTES (ART 44 DE LA LEY 7021/22)

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Comité Olímpico Paraguayo: Autopista Ñu Guazú Parque Olímpico - Luque, Bloque J.


Pago de cuotas mensuales

El monto de la factura a presentar será: Monto de factura = Monto de certificado amortización de anticipo (si se otorgo anticipo)

Las deducciones que se realizaran sobre cada certificación presentada de acuerdo al avance de obras será:

  • 20% del monto del certificado en concepto de amortización de anticipo, hasta llegar al monto total del anticipo otorgado. (EN CASO DE OTORGAR ANTICIPO)
  • 5% en concepto de fondo de reparo
  • Retención IVA: 30% del IVA Art. 37 Decreto 1030/13
  • Renta: 3% Art. 1 Decreto 358/18
  • Contribución sobre contratos suscriptos: 0,5% (Ley 7021 Art. 63)
  • Multa por presentación tardía de certificación si correspondiere
  • Multa por atraso, si correspondiere.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: (Autopista Ñu Guazú, Parque Olímpico, Bloque J de la Ciudad de Luque).

La validez o continuidad de la contratación quedara supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignado del Plan financiero en los ejercicios fiscales siguientes

Pago de cuotas mensuales

LA VALIDEZ O CONTINUIDAD DE CONTRATACIÓN DEL EJERCICIO FISCAL QUEDARA SUPEDITA A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIO APROBADOS Y ASIGNADOS DEL PLAN FINANCIERO EN LOS EJERCICIOS FISCALES SIGUIENTES (ART 44 DE LA LEY 7021/22El monto de la factura a presentar será: Monto de factura = Monto de certificado amortización de anticipo (si se otorgo anticipo)

Las deducciones que se realizaran sobre cada certificación presentada de acuerdo al avance de obras será:

  • 20% del monto del certificado en concepto de amortización de anticipo, hasta llegar al monto total del anticipo otorgado. (EN CASO DE OTORGAR ANTICIPO)
  • 5% en concepto de fondo de reparo
  • Retención IVA: 30% del IVA Art. 37 Decreto 1030/13
  • Renta: 3% Art. 1 Decreto 358/18
  • Contribución sobre contratos suscriptos: 0,5% (Ley 7021 Art. 63)
  • Multa por presentación tardía de certificación si correspondiere
  • Multa por atraso, si correspondiere.

Una vez aprobado el certificado, la factura deberá ser presentada en la siguiente dirección: Comité Olímpico Paraguayo: Autopista Ñu Guazú Parque Olímpico - Luque, Bloque J. (Autopista Ñu Guazú, Parque Olímpico, Bloque J de la Ciudad de Luque).


La validez o continuidad de la contratación quedara supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignado del Plan financiero en los ejercicios fiscales siguientes

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones: El plazo para la ejecución y entrega de la obra LOTE 1 COP: se establece en 90 días calendarios para la ETAPA 1.1 y 2.1 y 90 días calendarios para la ETAPA 1.2; 2.2; 3.1: 3.2 y 3.3,  contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra; y 120 días calendarios para el Lote 2 SND, contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra..

La Revisión del Proyecto comprenderá la revisión y ajustes necesarios de toda la documentación pertinente al proyecto, ya sea de los planos, las especificaciones y las planillas, así como el reconocimiento del sitio de obra previo a su inicio, de modo a prever cualquier eventualidad o discrepancia que pueda presentarse y comunicarla a la Fiscalización o Supervisión. La revisión y sus resultados deberán ser presentados a la Contratante en el plazo de quince (15) días calendarios posteriores a la entrega de la orden de inicio de obra. Con tal finalidad, la Contratista debe contar con un plantel idóneo para realizar dichas revisiones, de tal manera a plantear modificaciones que consideren necesarias y los recálculos necesarios, en las instalaciones eléctricas, hidráulicas, estructuras, verificación de la capacidad, durabilidad y otros. En caso de ser necesario realizar alguna corrección o modificación en los planos, planillas o especificaciones, una vez que haya culminado el proceso de revisión, queda por cuenta del contratista realizar los ajustes necesarios al proyecto y presentar los documentos con las correcciones a la Contratante para su aprobación. El proyecto resultante de la revisión y de cualquier modificación necesaria para su correcta ejecución será de absoluta responsabilidad de la Contratista.

Se considera que la Contratista está totalmente informada de todo lo referente a la zona donde se efectuará la construcción, los materiales disponibles, la naturaleza y características del suelo y otros datos que puedan influir en los trabajos, no pudiendo, por lo tanto, alegar desconocimiento de estos elementos.

Se deberá presentar un cronograma de trabajo de acuerdo al plazo establecido. La convocante tiene la obligación de emitir la Orden de Inicio de obras sobre la totalidad o la porción liberada del área de obras. El incumplimiento de este requisito impide el cómputo del plazo de ejecución y/o suspende en los casos de entrega parcial de la Zona de Obra.

Se computa hasta la fecha determinación de las obras previstas que son de responsabilidad del Contratista, incluyendo la limpieza final, el retiro de los escombros y de las instalaciones provisorias de la Zona de Obra, y el restablecimiento de los terrenos y lugares.

Cuando se suspendan los trabajos o se modifique el plan de trabajos previsto en el cronograma PROJECT, a causa de las lluvias, se dejará constancia de ello en el Libro de Obra, y el Contratista deberá presentar el cronograma de Trabajo actualizado en los casos que el Fiscal de Obra así lo requiera.

 

 

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones: El plazo para la ejecución y entrega de la obra LOTE 1 COP: se establece en 90 días calendarios para la ETAPA 1.1 y 2.1 y 90 días calendarios para la ETAPA 1.2; 2.2; 3.1: 3.2 y 3.3,  contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra; y 120 días calendarios para el Lote 2 SND, contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra..

La Revisión del Proyecto comprenderá la revisión y ajustes necesarios de toda la documentación pertinente al proyecto, ya sea de los planos, las especificaciones y las planillas, así como el reconocimiento del sitio de obra previo a su inicio, de modo a prever cualquier eventualidad o discrepancia que pueda presentarse y comunicarla a la Fiscalización o Supervisión. La revisión y sus resultados deberán ser presentados a la Contratante en el plazo de quince (15) días calendarios posteriores a la entrega de la orden de inicio de obra. Con tal finalidad, la Contratista debe contar con un plantel idóneo para realizar dichas revisiones, de tal manera a plantear modificaciones que consideren necesarias y los recálculos necesarios, en las instalaciones eléctricas, hidráulicas, estructuras, verificación de la capacidad, durabilidad y otros. En caso de ser necesario realizar alguna corrección o modificación en los planos, planillas o especificaciones, una vez que haya culminado el proceso de revisión, queda por cuenta del contratista realizar los ajustes necesarios al proyecto y presentar los documentos con las correcciones a la Contratante para su aprobación. El proyecto resultante de la revisión y de cualquier modificación necesaria para su correcta ejecución será de absoluta responsabilidad de la Contratista.

Se considera que la Contratista está totalmente informada de todo lo referente a la zona donde se efectuará la construcción, los materiales disponibles, la naturaleza y características del suelo y otros datos que puedan influir en los trabajos, no pudiendo, por lo tanto, alegar desconocimiento de estos elementos.

Se deberá presentar un cronograma de trabajo de acuerdo al plazo establecido. La convocante tiene la obligación de emitir la Orden de Inicio de obras sobre la totalidad o la porción liberada del área de obras. El incumplimiento de este requisito impide el cómputo del plazo de ejecución y/o suspende en los casos de entrega parcial de la Zona de Obra.

Se computa hasta la fecha determinación de las obras previstas que son de responsabilidad del Contratista, incluyendo la limpieza final, el retiro de los escombros y de las instalaciones provisorias de la Zona de Obra, y el restablecimiento de los terrenos y lugares.

Cuando se suspendan los trabajos o se modifique el plan de trabajos previsto en el cronograma PROJECT, a causa de las lluvias, se dejará constancia de ello en el Libro de Obra, y el Contratista deberá presentar el cronograma de Trabajo actualizado en los casos que el Fiscal de Obra así lo requiera.

El plazo de ejecución de obras estipulado será indicado en la orden de inicio. En la orden de inicio se estipulara el periodo de medición, plazo final de ejecución.

A fin de dar cumplimiento al plazo de ejecución de las obras, la contratista deberá prever desarrollar trabajos en horarios mixto y nocturno inclusive, esto en atención a la fecha prevista del evento que no será modificada, y en consecuencia los trabajos deberán estar culminados como máximo 1 mes antes del desarrollo del evento.

LA ENTREGA DE LA ZONA DE  OBRA SERA PARCIAL CONFORME  AUTORIZACION DEL FISCAL DE OBRA.

 

 

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de “Plazo de Ejecución” de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:

El plazo de ejecución se computa desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones: El plazo para la ejecución y entrega de la obra LOTE 1 COP: se establece en 90 días calendarios para la ETAPA 1.1 y 2.1 y 90 días calendarios para la ETAPA 1.2; 2.2; 3.1: 3.2 y 3.3, contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra; y 120 días calendarios para el Lote 2 SND, contados a partir de la recepción por parte del contratista de la Orden de inicio para comenzar la obra..

La Revisión del Proyecto comprenderá la revisión y ajustes necesarios de toda la documentación pertinente al proyecto, ya sea de los planos, las especificaciones y las planillas, así como el reconocimiento del sitio de obra previo a su inicio, de modo a prever cualquier eventualidad o discrepancia que pueda presentarse y comunicarla a la Fiscalización o Supervisión. La revisión y sus resultados deberán ser presentados a la Contratante en el plazo de quince (15) días calendarios posteriores a la entrega de la orden de inicio de obra. Con tal finalidad, la Contratista debe contar con un plantel idóneo para realizar dichas revisiones, de tal manera a plantear modificaciones que consideren necesarias y los recálculos necesarios, en las instalaciones eléctricas, hidráulicas, estructuras, verificación de la capacidad, durabilidad y otros. En caso de ser necesario realizar alguna corrección o modificación en los planos, planillas o especificaciones, una vez que haya culminado el proceso de revisión, queda por cuenta del contratista realizar los ajustes necesarios al proyecto y presentar los documentos con las correcciones a la Contratante para su aprobación. El proyecto resultante de la revisión y de cualquier modificación necesaria para su correcta ejecución será de absoluta responsabilidad de la Contratista.

Se considera que la Contratista está totalmente informada de todo lo referente a la zona donde se efectuará la construcción, los materiales disponibles, la naturaleza y características del suelo y otros datos que puedan influir en los trabajos, no pudiendo, por lo tanto, alegar desconocimiento de estos elementos.

Se deberá presentar un cronograma de trabajo de acuerdo al plazo establecido. La convocante tiene la obligación de emitir la Orden de Inicio de obras sobre la totalidad o la porción liberada del área de obras. El incumplimiento de este requisito impide el cómputo del plazo de ejecución y/o suspende en los casos de entrega parcial de la Zona de Obra.

Se computa hasta la fecha determinación de las obras previstas que son de responsabilidad del Contratista, incluyendo la limpieza final, el retiro de los escombros y de las instalaciones provisorias de la Zona de Obra, y el restablecimiento de los terrenos y lugares.

Cuando se suspendan los trabajos o se modifique el plan de trabajos previsto en el cronograma PROJECT, a causa de las lluvias, se dejará constancia de ello en el Libro de Obra, y el Contratista deberá presentar el cronograma de Trabajo actualizado en los casos que el Fiscal de Obra así lo requiera.

El plazo de ejecución de obras estipulado será indicado en la orden de inicio. En la orden de inicio se estipulara el periodo de medición, plazo final de ejecución.

A fin de dar cumplimiento al plazo de ejecución de las obras, la contratista deberá prever desarrollar trabajos en horarios mixto y nocturno inclusive, esto en atención a la fecha prevista del evento que no será modificada, y en consecuencia los trabajos deberán estar culminados como máximo 1 mes antes del desarrollo del evento.

LA ENTREGA DE LA ZONA DE OBRA SERA PARCIAL CONFORME AUTORIZACION DEL FISCAL DE OBRA.

 

 

Multas y retenciones

Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:

Se abonará por cada 3 días corridos  de atraso en los plazos parciales o totales, una indemnización igual a 0,5% (cero coma cero cinco por ciento) del valor del Precio total del Contrato específico para cada LOTE. A dicho efecto, desde el inicio de obras y cada VEINTE (20) días de avance, se realizará una simple evaluación comparativa entre el monto del certificado real o ejecutado y lo previsto, utilizando para dicho análisis la curva físico-financiera que esta correlacionada con el cronograma de obras..

Esta penalización será incluida en el siguiente Certificado de Obras en cual se suscitó el retraso.

Este procedimiento será asentado en un acta firmado por el representante legal del Contratista y el Fiscal de Obras.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Multas y retenciones

Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:

Penalidades Diarias por Retrasos en la Ejecución de los Trabajos, y Forma de Cálculo:

El método de cálculo de la multa diaria por retraso en la ejecución de la obra es el siguiente :  5%  por día de atraso, calculado sobre el  monto de la sumatoria de avance de obra no ejecutado, al vencimiento del plazo del cronograma ajustado que contiene los días compensables otorgados como ampliación del plazo de ejecución según lo establecido en el contrato. Para establecer los avances de obra no ejecutados se deberá tener en cuenta el último Certificado de Obras, aprobado por la administración de contrato, dentro del mencionado Cronograma ajustado.

- El Contratista podrá ser penalizado hasta un máximo valor equivalente al 10% del monto del contrato vigente. Alcanzado este valor y si el retraso no fuera subsanado el Contratante actuará de acuerdo a lo indicado en el PBC  y en este caso podrá hacer efectiva la deducción de las penalidades correspondientes de los fondos retenidos como garantía, o reclamándola total o parcialmente al Fiador del fiel cumplimiento del Contrato.

Igualmente, en caso de no rescindir el contrato, las multas seguirán siendo aplicadas conforme se estipula en la presente clausula.

- Los días domingos y feriados o de paro se considerarán días calendario.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Multas y retenciones

Las penalidades diarias por retrasos en la ejecución de los trabajos y forma de cálculo:

Se abonará por cada 3 días corridos de atraso en los plazos parciales o totales, una indemnización igual a 0,5% (cero coma cero cinco por ciento) del valor del Precio total del Contrato específico para cada LOTE. A dicho efecto, desde el inicio de obras y cada VEINTE (20) días de avance, se realizará una simple evaluación comparativa entre el monto del certificado real o ejecutado y lo previsto, utilizando para dicho análisis la curva físico-financiera que esta correlacionada con el cronograma de obras..

Esta penalización será incluida en el siguiente Certificado de Obras en cual se suscitó el retraso.Penalidades Diarias por Retrasos en la Ejecución de los Trabajos, y Forma de Cálculo:

Este procedimiento será asentado en un acta firmado por el representante legal del Contratista y el Fiscal de Obras.El método de cálculo de la multa diaria por retraso en la ejecución de la obra es el siguiente : 5% por día de atraso, calculado sobre el monto de la sumatoria de avance de obra no ejecutado, al vencimiento del plazo del cronograma ajustado que contiene los días compensables otorgados como ampliación del plazo de ejecución según lo establecido en el contrato. Para establecer los avances de obra no ejecutados se deberá tener en cuenta el último Certificado de Obras, aprobado por la administración de contrato, dentro del mencionado Cronograma ajustado.

- El Contratista podrá ser penalizado hasta un máximo valor equivalente al 10% del monto del contrato vigente. Alcanzado este valor y si el retraso no fuera subsanado el Contratante actuará de acuerdo a lo indicado en el PBC y en este caso podrá hacer efectiva la deducción de las penalidades correspondientes de los fondos retenidos como garantía, o reclamándola total o parcialmente al Fiador del fiel cumplimiento del Contrato.

Igualmente, en caso de no rescindir el contrato, las multas seguirán siendo aplicadas conforme se estipula en la presente clausula.

- Los días domingos y feriados o de paro se considerarán días calendario.

La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.

La aplicación de multas no libera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será:

NO APLICA

Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será:

De conformidad a las Especificaciones Técnicas

Procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos

La procedencia de los suministros, equipos, enseres, materiales y productos para la ejecución del contrato será:

NO APLICADe conformidad a las Especificaciones Técnicas

Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos

Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones:

Conforme a las decisiones del Fiscal de Obras, ya sea en el lugar de la obra, fábricas, almacenes o canteras del contratista, subcontratistas, proveedores u otros lugares de ser necesario

Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos

Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones:

Durante la ejecución del contrato, por el fiscal de obras, u otra fiscalización dispuesta por la Contratante.

Control de calidad a materiales y productos. Pruebas y ensayos

Las verificaciones de calidad de materiales y productos para la ejecución del contrato serán realizadas en las siguientes condiciones:

Conforme a las decisiones del Fiscal de Obras, ya sea en el lugar de la obra, fábricas, almacenes o canteras del contratista, subcontratistas, proveedores u otros lugares de ser necesarioDurante la ejecución del contrato, por el fiscal de obras, u otra fiscalización dispuesta por la Contratante.

Preparación de los trabajos

Duración del periodo de movilización:

Duración del periodo de movilización: 15 días calendario, incluido en el cronograma de trabajo. Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo: el Contratista deberá comunicar semanalmente por Libro de Obra al Fiscal de Obra, la lista actualizada de personal contratado Para la ejecución de los trabajos y sus respectivas calificaciones (nombre y apellido, N° de C.I., domicilio actual, cargo en la obra, años de experiencia, sumatoria total de personal semanal.

Preparación de los trabajos

Duración del periodo de movilización:

Duración del periodo de movilización: 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES

Preparación de los trabajos

Duración del periodo de movilización:

Duración del periodo de movilización: 15 días calendario, incluido en el cronograma de trabajo. Protección de la mano de obra y condiciones de trabajo: el Contratista deberá comunicar semanalmente por Libro de Obra al Fiscal de Obra, la lista actualizada de personal contratado Para la ejecución de los trabajos y sus respectivas calificaciones (nombre y apellido, N° de C.I., domicilio actual, cargo en la obra, años de experiencia, sumatoria total de personal semanal. 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES

Programa de ejecución

El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado:

5 DÍAS HABILES

Programa de ejecución

El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado:

El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado:

El Contratista presentara un Cronograma de ejecución de los trabajos y plan de seguridad e higiene para la aprobación del Fiscalizador de obras dentro del plazo de 5 días hábiles posteriores a la firma del contrato.

Así también, el cronograma será ajustado en cada presentación de certificación (7 días posteriores a la fecha fin de periodo de medición) teniendo en cuenta el otorgamiento de prórroga, si fuese el caso y las condiciones estén dadas, a fin de determinar si la ejecución de los trabajos tiene atraso lo que podría desembocar en multa por atraso de ejecución. Pasado el plazo la solicitud no será considerada.

Las prórrogas serán sometidas a consideración por la administración del contrato y será comunicada a la contratista y fiscalización mediante Orden de Ejecución. Previa emisión del Acta de Recepción Definitiva se emitirá un convenio modificatorio consolidando los corrimientos de plazo otorgados por órdenes de ejecución a los efectos de dar la publicidad correspondiente.

Programa de ejecución

El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado:

El contratista presentará un Cronograma de ejecución de los trabajos y un Plan de Seguridad e Higiene para la aprobación del Fiscalizador de Obras dentro del plazo de veinte (20) días hábiles posteriores a la firma del contrato, salvo que se indique lo contrario en este apartado:

El Contratista presentara un Cronograma de ejecución de los trabajos y plan de seguridad e higiene para la aprobación del Fiscalizador de obras dentro del plazo de 5 DÍAS HABILESdías hábiles posteriores a la firma del contrato.

Así también, el cronograma será ajustado en cada presentación de certificación (7 días posteriores a la fecha fin de periodo de medición) teniendo en cuenta el otorgamiento de prórroga, si fuese el caso y las condiciones estén dadas, a fin de determinar si la ejecución de los trabajos tiene atraso lo que podría desembocar en multa por atraso de ejecución. Pasado el plazo la solicitud no será considerada.

Las prórrogas serán sometidas a consideración por la administración del contrato y será comunicada a la contratista y fiscalización mediante Orden de Ejecución. Previa emisión del Acta de Recepción Definitiva se emitirá un convenio modificatorio consolidando los corrimientos de plazo otorgados por órdenes de ejecución a los efectos de dar la publicidad correspondiente.

Recepción provisoria de las obras

La recepción provisoria de las obras será: [TOTAL]

  • Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: [Indicar cuando se trate de recepción provisoria parcial].
  • Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: [A criterio de la contratante se podrá indicar un plazo menor. En caso contrario se deberá establecer No Aplica]
  • Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: [Indicar si corresponde].
  • Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: (Indicar las disposiciones que modifican el presente inciso en caso de que la convocante así lo establezca. Caso contrario, deberá especificar que No Aplica).

Recepción provisoria de las obras

La recepción provisoria de las obras será: TOTAL

  • Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: NO APLICA].
  • Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: [A criterio de la contratante se podrá indicar un plazo menor. En caso contrario se deberá establecer No Aplica]
  • Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: INDICADAS EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y/O POR EL FISCAL DE OBRAS Y/O SUPERVISOR DE OBRAS.].
  • Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: NO APLICA

Recepción provisoria de las obras

La recepción provisoria de las obras será: [TOTAL]

  • Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: [Indicar cuando se trate de recepción provisoria parcial].
  • Las modalidades de recepción de las obras por etapas son las siguientes: NO APLICA].
  • Dentro del plazo de veintiún (21) días contados a partir de la fecha de recibo de la notificación que realiza el fiscal de obra al contratista, se procederá a realizar las operaciones previas a la recepción de las obras, salvo que se indique un plazo menor: [A criterio de la contratante se podrá indicar un plazo menor. En caso contrario se deberá establecer No Aplica]
  • Pruebas incluidas en las operaciones previas a la recepción provisional de las obras: INDICADAS EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y/O POR EL FISCAL DE OBRAS Y/O SUPERVISOR DE OBRAS[Indicar si corresponde.].
  • Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: (Indicar las disposiciones que modifican el presente inciso en caso de que la convocante así lo establezca. Caso contrario, deberá especificar que No Aplica).
  • Constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal, con las siguientes disposiciones: NO APLICA

Recepción Definitiva de las obras

-         La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 30 DÍAS MÁXIMO POSTERIOR EL ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA.

-         El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, en el plazo de 15 DÍAS.


 

Recepción Definitiva de las obras

-        La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 6 (Seis) meses contados desde la fecha de suscripción del acta de recepción provisoria

-      El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, en el plazo de Haga clic aquí para escribir texto. 15 DÍAS CALENDARIOS

 

Recepción Definitiva de las obras

- La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 30 DÍAS MÁXIMO POSTERIOR EL ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA.6 (Seis) meses contados desde la fecha de suscripción del acta de recepción provisoria

- El fiscal de obra enviará al contratista las listas detalladas de defectos de construcción descubiertos, en el plazo de 15 DÍASHaga clic aquí para escribir texto. 15 DÍAS CALENDARIOS


Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato

El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de:

hasta el 31/03/2025

Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato

El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de:

Desde la firma del contrato hasta el 31/08/2025

Periodo de validez de la Garantía de Cumplimiento de Contrato

El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de:

hasta el 31/03/2025Desde la firma del contrato hasta el 31/08/2025

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

  • Nota Dirigida la máxima autoridad de la UEP solicitando el pago correspondiente al certificado
  • Factura a crédito. Monto de factura = Monto de certificado Amortización de anticipo (si corresponde)
  • Certificado (Resumen, Actas de medición) firmado por el residente de obras y la fiscalización
  • Copia de libro de obra correspondiente al periodo de medición
  • Informe de fiscalización
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente
  • Ultima declaración Jurada de IVA
  • Certificado de cumplimiento con el Seguro Social (Constancia de IPS)
  • Constancia de Registro de Prestadores de Servicio (REPSE)
  • Formulario FIS
  • Formulario FIP
  • Copia de pólizas (Fiel cumplimiento de contrato, Anticipo, CTR, Accidentes Personales, Responsabilidad Civil)
  • Certificado de no estar en interdicción judicial
  • Certificado de no estar en Convocatoria de Acreedores

La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

Los pagos estimados en ejercicios próximos están supeditados a la aprobación del Presupuesto General correspondiente, es decir la continuidad o no de la contratación en los siguientes ejercicios fiscales, está sujeta a la aprobación de la disponibilidad de créditos presupuestarios.

En caso de que se aprueben reprogramaciones presupuestarias en el presente ejercicio fiscal, existiendo obras ya ejecutadas, se realizaran las gestiones administrativas correspondientes para la contraprestación pertinente

De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS).

Otras formas

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

  • Nota Dirigida la máxima autoridad de la UEP solicitando el pago correspondiente al certificado
  • Factura a crédito. Monto de factura = Monto de certificado Amortización de anticipo (si corresponde)
  • Certificado (Resumen, Actas de medición) firmado por el residente de obras y la fiscalización
  • Copia de libro de obra correspondiente al periodo de medición
  • Informe de fiscalización
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente
  • Ultima declaración Jurada de IVA
  • Certificado de cumplimiento con el Seguro Social (Constancia de IPS)
  • Constancia de Registro de Prestadores de Servicio (REPSE)
  • Formulario FIS
  • Formulario FIP
  • Copia de pólizas (Fiel cumplimiento de contrato, Anticipo, CTR, Accidentes Personales, Responsabilidad Civil)
  • Certificado de no estar en interdicción judicial
  • Certificado de no estar en Convocatoria de Acreedores

La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y condicionesdespués de pago alque la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

Los pagos estimados en ejercicios próximos están supeditados a la aprobación del Presupuesto General correspondiente, es decir la continuidad o no de la contratación en los siguientes ejercicios fiscales, está sujeta a la aprobación de la disponibilidad de créditos presupuestarios.

En caso de que se aprueben reprogramaciones presupuestarias en el presente ejercicio fiscal, existiendo obras ya ejecutadas, se realizaran las gestiones administrativas correspondientes para la contraprestación pertinente

De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en virtudun Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del contrato serán las siguientes:Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Anticipo MIPYMES

Se otorgará Anticipo MIPYMES:

Si

Anticipo MIPYMES

Se otorgará Anticipo MIPYMES:

No Aplica

Anticipo MIPYMES

Se otorgará Anticipo MIPYMES:

SiNo Aplica

Forma de Instrumentación de Garantía de anticipo

Indicar en este apartado la forma de instrumentar la garantía de anticipo.

póliza de seguro

Forma de Instrumentación de Garantía de anticipo

Indicar en este apartado la forma de instrumentar la garantía de anticipo.

No Aplica

Forma de Instrumentación de Garantía de anticipo

Indicar en este apartado la forma de instrumentar la garantía de anticipo.

póliza de seguroNo Aplica

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

NO APLICA REAJUSTE AJUSTE ALZADO

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

La fórmula y el procedimiento para el ajuste de precios serán:

El ajuste se efectuará sobre los montos pendientes de certificación.

Los componentes a tener en cuenta para el reajuste son: Salario Mínimo oficial, precio del gasoil (se tendrá en cuenta únicamente los precios determinados por PETROPAR - el ajuste solo será aplicado si se verifica variación de precio del mismo decretada por el Gobierno Nacional), y el precio del Cemento Portland CPI IV - 32 Puzolánico de la Industria Nacional del Cemento del Paraguay (el ajuste solo será aplicado si se verifica variación de precio del mismo decretada por el Gobierno Nacional)

El reajuste podrá ser considerado cuando se den el incremento de al menos en 2 de los componentes que forman para de la formula.  El reajuste se dará únicamente si el porcentaje obtenido por la fórmula es de un mínimo de 15% de variación.

No se reconocerá reajuste de precios sobre anticipo otorgado ni si el contratista se encontrase en mora o en incumplimiento contractual.

Se aplicará la siguiente fórmula de reajuste:

P(%) = 0.50 (S-Sₒ) / Sₒ + 0.25 ( Cem Cemₒ) / Cemₒ + 0.25 ( G-Gₒ) / Gₒ

Donde:

P (%) es el reajuste porcentual.

S = Salario mínimo mensual vigente a la fecha del acta de medición (fijado por la Dirección General del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo de la República del Paraguay)

Sₒ = Ídem S. mínimo mensual vigente a la fecha de apertura del sobre de oferta.

Cem = Precio del cemento a la fecha del acta de medición. (Resolución Industria Nacional del Cemento).

Cemₒ = Ídem. Cem. Vigente a la fecha de apertura de la oferta.

G = Precio del gasoil, vigente a la fecha del acta de medición.

Gₒ = Ídem G. vigente a la fecha de apertura de la oferta

El Valor de Reajuste (R) de precios está dado por la fórmula:

R = P x(0.70) x C

Donde:

P = Factor de ajuste calculado por la fórmula polinómica antes mencionada.

(0.70) = Porcentaje que corresponde ajustar (se descuenta el porcentaje correspondiente al anticipo).

C = Valor del certificado de obra del mes conforme a los precios contractuales.

La solicitud de reajuste deberá ser realizada por el contratista mediante nota y planilla propuesta presentada por mesa de entrada de la institución

En caso que los índices que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

NO APLICA REAJUSTE AJUSTE ALZADO

La fórmula y el procedimiento para el ajuste de precios serán:

El ajuste se efectuará sobre los montos pendientes de certificación.

Los componentes a tener en cuenta para el reajuste son: Salario Mínimo oficial, precio del gasoil (se tendrá en cuenta únicamente los precios determinados por PETROPAR - el ajuste solo será aplicado si se verifica variación de precio del mismo decretada por el Gobierno Nacional), y el precio del Cemento Portland CPI IV - 32 Puzolánico de la Industria Nacional del Cemento del Paraguay (el ajuste solo será aplicado si se verifica variación de precio del mismo decretada por el Gobierno Nacional)

El reajuste podrá ser considerado cuando se den el incremento de al menos en 2 de los componentes que forman para de la formula. El reajuste se dará únicamente si el porcentaje obtenido por la fórmula es de un mínimo de 15% de variación.

No se reconocerá reajuste de precios sobre anticipo otorgado ni si el contratista se encontrase en mora o en incumplimiento contractual.

Se aplicará la siguiente fórmula de reajuste:

P(%) = 0.50 (S-Sₒ) / Sₒ + 0.25 ( Cem Cemₒ) / Cemₒ + 0.25 ( G-Gₒ) / Gₒ

Donde:

P (%) es el reajuste porcentual.

S = Salario mínimo mensual vigente a la fecha del acta de medición (fijado por la Dirección General del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo de la República del Paraguay)

Sₒ = Ídem S. mínimo mensual vigente a la fecha de apertura del sobre de oferta.

Cem = Precio del cemento a la fecha del acta de medición. (Resolución Industria Nacional del Cemento).

Cemₒ = Ídem. Cem. Vigente a la fecha de apertura de la oferta.

G = Precio del gasoil, vigente a la fecha del acta de medición.

Gₒ = Ídem G. vigente a la fecha de apertura de la oferta

El Valor de Reajuste (R) de precios está dado por la fórmula:

R = P x(0.70) x C

Donde:

P = Factor de ajuste calculado por la fórmula polinómica antes mencionada.

(0.70) = Porcentaje que corresponde ajustar (se descuenta el porcentaje correspondiente al anticipo).

C = Valor del certificado de obra del mes conforme a los precios contractuales.

La solicitud de reajuste deberá ser realizada por el contratista mediante nota y planilla propuesta presentada por mesa de entrada de la institución

En caso que los índices que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución.

El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.

En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución

La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.