Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Menor Cuantía Nacional N° 02/2024
Adquisición de Bidones de Agua Mineral - ID N° 441 662
La gerencia Operativa de Contrataciones de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), comunica la modificación de la fecha de recepción y apertura de ofertas, de la presente contratación, en el sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
Abg. Hugo Daniel Balbuena
Gerente
Gerencia Operativa de contrataciones
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Composición de Precios
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Menor Cuantía Nacional N° 02/2024
Adquisición de Bidones de Agua Mineral - ID N° 441 662
La gerencia Operativa de Contrataciones de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), comunica la modificación de la fecha de recepción y apertura de ofertas, de la presente contratación, en el sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
Abg. Hugo Daniel Balbuena
Gerente
Gerencia Operativa de contrataciones
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Composición de Precios
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.