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Periodo de validez de la Garantía de los bienes

El plazo de validez de la Garantía de los bienes será el siguiente:

El plazo de validez de la garantía de los bienes será el siguiente: El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos y sin uso, con una antigüedad de fabricación no mayor a 1 (un) año, comprobable con un certificado de año de fabricación emitido por la fábrica y legalizado por el Consulado del país de origen.

El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que este hubiera incurrido, o derivados del diseño, materiales o fabricación, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en Paraguay.

La empresa adjudicada deberá proveer garantía del bien por 2 (dos) años  desde la emisión del Acta de Recepción Provisoria, incluyendo la sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. Durante el periodo de garantía, se deberá incluir soporte de mantenimiento o sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. También se deberá proporcionar soporte de mantenimiento preventivo y correctivo durante el periodo de garantía.

COMPONENTES FUNDAMENTALES DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DE LOS

EQUIPOS

Durante la Cobertura de la Garantía Extendida, la contratista deberá realizar los Mantenimientos Preventivos y Correctivos a los equipos adjudicados. Para ello, la empresa adjudicada está obligada a destinar dos direcciones de correo a las que serán derivados dichos reclamos y también podrán ser notificados por nota en la dirección que fije la empresa como domicilio.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Serán realizados según los protocolos de mantenimiento preventivo indicados por el fabricante del equipo y el cronograma de trabajo, que deberá ser proporcionado al Dpto. de Electromedicina, el cual describirá los trabajos de mantenimiento preventivo realizados y donde quede indicada la situación final del equipo. Deberá ser elaborado en cuadruplicado, debiendo ser presentado uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos, uno en el Servicio correspondiente y uno para registro de la Empresa.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Preventivos, habilitará para la elaboración del Acta de Conformidad del Primer Año de Mantenimiento para el pago del 35%.

La contratista deberá cumplir con este protocolo durante la vigencia del contrato.

MANTENIMIENTO CORRECTIVO: El mantenimiento correctivo será realizado por el personal técnico de la empresa proveedora del servicio, al ser llamados ante cualquier problema surgido con los equipos. La empresa adjudicada deberá garantizar el correcto funcionamiento de los bienes suministrados de 08 a 17 hs., con 4 (cuatro) horas de respuesta para los equipos instalados en el Hospital Central y el Área Central (excluyendo domingos y feriados). Deberá contar con el visto bueno del Jefe de Servicio, Administrador o Director de la localidad donde se localizarán instalados los equipos.

Los pedidos de mantenimiento correctivo serán remitidos a la Contratista a través de un correo electrónico por medio del Sistema SART de la Institución, identificados con un número de TICKET.

En caso de necesitar cambios de piezas, la contratista dispone de un plazo de 30 (treinta) días calendarios para la entrega de los mismos, desde la emisión de la Orden de Entrega (vía correo electrónico o por medio de una nota).

Luego de la recepción del repuesto, posee 48 horas para la puesta en funcionamiento del equipo a reparar. En caso de necesitar prórroga, el Contratista deberá solicitarlo por medio de una nota.

El Contratista deberá completar un Informe de Servicio por equipo, el cual describirá los trabajos de mantenimiento correctivo realizados. Se deberá indicar la situación final del equipo y el NÚMERO ID del Orden de Servicio.

El mismo deberá estar debidamente firmado por el Técnico Responsable de la Empresa, un Técnico de la Sección de Soporte Técnico de Equipos Biomédicos. Para el Área Central e Interior, deberá estar firmado por un Director o Jefe de Servicio afectado.

Dicho informe de servicio se elaborará en triplicado, debiendo ser presentados uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos y uno para registro de la Empresa.

Los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo solo podrán ser realizados por personal capacitado en el equipo en cuestión durante la vigencia del contrato.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Correctivos, el cual habilitará para la elaboración del Acta de Recepción Definitiva que habilitará el pago del 30%.

La contratista deberá cumplir con el mantenimiento correctivo durante la vigencia del contrato.

El incumplimiento de los requisitos de ambos mantenimientos será considerado como incumplimiento del contrato. En caso de que la contratista no dé respuesta a lo establecido, se procederá a la ejecución de la póliza de fiel cumplimiento requerida.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencias o alteraciones de calidad, el Instituto notificará dicha irregularidad. El contratista estará obligado a sustituir a los 30 (treinta) días calendario gregoriano, a partir de la notificación de la irregularidad. Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega. Por lo tanto, al contratista que incurra en tal situación se le aplicará la penalización prevista en la cláusula de multas. Además, si el contratista no subsana los defectos, etc., dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, dicha situación podrá ser considerada como causal de rescisión del contrato por causas imputables al contratista. La subsanación de los defectos no exime al contratista de las multas y sanciones previstas en este contrato.

Si el Proveedor, después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario gregoriano, la Contratante podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la Contratante pueda ejercer contra el Proveedor en virtud de las obligaciones establecidas en el Contrato.

Periodo de validez de la Garantía de los bienes

El plazo de validez de la Garantía de los bienes será el siguiente:

El plazo de validez de la garantía de los bienes será el siguiente: El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos y sin uso, con una antigüedad de fabricación no mayor a 1 (un) año, comprobable con un certificado de año de fabricación emitido por la fábrica y legalizado por el Consulado del país de origen.

El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que este hubiera incurrido, o derivados del diseño, materiales o fabricación, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en Paraguay.

La empresa adjudicada deberá proveer garantía del bien por 2 (dos) años  desde la emisión del Acta de Recepción Provisoria, incluyendo la sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. Durante el periodo de garantía, se deberá incluir soporte de mantenimiento o sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. También se deberá proporcionar soporte de mantenimiento preventivo y correctivo durante el periodo de garantía.

COMPONENTES FUNDAMENTALES DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DE LOS

EQUIPOS

Durante la Cobertura de la Garantía Extendida, la contratista deberá realizar los Mantenimientos Preventivos y Correctivos a los equipos adjudicados. Para ello, la empresa adjudicada está obligada a destinar dos direcciones de correo a las que serán derivados dichos reclamos y también podrán ser notificados por nota en la dirección que fije la empresa como domicilio.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Serán realizados según los protocolos de mantenimiento preventivo indicados por el fabricante del equipo y el cronograma de trabajo, que deberá ser proporcionado al Dpto. de Electromedicina, el cual describirá los trabajos de mantenimiento preventivo realizados y donde quede indicada la situación final del equipo. Deberá ser elaborado en cuadruplicado, debiendo ser presentado uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos, uno en el Servicio correspondiente y uno para registro de la Empresa.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Preventivos, habilitará para la elaboración del Acta de Conformidad del Primer Año de Mantenimiento para el pago del 35%.

La contratista deberá cumplir con este protocolo durante la vigencia del contrato.

MANTENIMIENTO CORRECTIVO: El mantenimiento correctivo será realizado por el personal técnico de la empresa proveedora del servicio al ser llamados ante cualquier problema surgido con los equipos. La empresa adjudicada deberá garantizar el correcto funcionamiento de los bienes suministrados de 08 a 17 hs., con 4 (cuatro) horas de respuesta para los equipos instalados en el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (excluyendo domingos y feriados).

Los pedidos de mantenimiento correctivo serán remitidos a la Contratista a través de un correo electrónico por medio del Sistema SART de la Institución, identificados con un número de TICKET.

En caso de necesitar cambios de piezas, la contratista dispone de un plazo de 30 (treinta) días calendarios para la entrega de los mismos, desde la emisión de la Orden de Entrega (vía correo electrónico o por medio de una nota).

Luego de la recepción del repuesto, posee 48 horas para la puesta en funcionamiento del equipo a reparar. En caso de necesitar prórroga, el Contratista deberá solicitarlo por medio de una nota.

El Contratista deberá completar un Informe de Servicio por equipo, el cual describirá los trabajos de mantenimiento correctivo realizados. Se deberá indicar la situación final del equipo y el NÚMERO ID del Orden de Servicio.

El mismo deberá estar debidamente firmado por el Técnico Responsable de la Empresa, un Técnico de la Sección de Soporte Técnico de Equipos Biomédicos. Para el Área Central e Interior, deberá estar firmado por un Director o Jefe de Servicio afectado.

Dicho informe de servicio se elaborará en triplicado, debiendo ser presentados uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos y uno para registro de la Empresa.

Los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo solo podrán ser realizados por personal capacitado en el equipo en cuestión durante la vigencia del contrato.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Correctivos, el cual habilitará para la elaboración del Acta de Recepción Definitiva que habilitará el pago del 30%.

La contratista deberá cumplir con el mantenimiento correctivo durante la vigencia del contrato.

El incumplimiento de los requisitos de ambos mantenimientos será considerado como incumplimiento del contrato. En caso de que la contratista no dé respuesta a lo establecido, se procederá a la ejecución de la póliza de fiel cumplimiento requerida.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencias o alteraciones de calidad, el Instituto notificará dicha irregularidad. El contratista estará obligado a sustituir a los 30 (treinta) días calendario gregoriano, a partir de la notificación de la irregularidad. Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega. Por lo tanto, al contratista que incurra en tal situación se le aplicará la penalización prevista en la cláusula de multas. Además, si el contratista no subsana los defectos, etc., dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, dicha situación podrá ser considerada como causal de rescisión del contrato por causas imputables al contratista. La subsanación de los defectos no exime al contratista de las multas y sanciones previstas en este contrato.

Si el Proveedor, después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario gregoriano, la Contratante podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la Contratante pueda ejercer contra el Proveedor en virtud de las obligaciones establecidas en el Contrato.

Periodo de validez de la Garantía de los bienes

El plazo de validez de la Garantía de los bienes será el siguiente:

El plazo de validez de la garantía de los bienes será el siguiente: El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos y sin uso, con una antigüedad de fabricación no mayor a 1 (un) año, comprobable con un certificado de año de fabricación emitido por la fábrica y legalizado por el Consulado del país de origen.

El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que este hubiera incurrido, o derivados del diseño, materiales o fabricación, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en Paraguay.

La empresa adjudicada deberá proveer garantía del bien por 2 (dos) años desde la emisión del Acta de Recepción Provisoria, incluyendo la sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. Durante el periodo de garantía, se deberá incluir soporte de mantenimiento o sustitución sin costo de partes con defectos de fábrica. También se deberá proporcionar soporte de mantenimiento preventivo y correctivo durante el periodo de garantía.

COMPONENTES FUNDAMENTALES DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DE LOS

EQUIPOS

Durante la Cobertura de la Garantía Extendida, la contratista deberá realizar los Mantenimientos Preventivos y Correctivos a los equipos adjudicados. Para ello, la empresa adjudicada está obligada a destinar dos direcciones de correo a las que serán derivados dichos reclamos y también podrán ser notificados por nota en la dirección que fije la empresa como domicilio.

MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Serán realizados según los protocolos de mantenimiento preventivo indicados por el fabricante del equipo y el cronograma de trabajo, que deberá ser proporcionado al Dpto. de Electromedicina, el cual describirá los trabajos de mantenimiento preventivo realizados y donde quede indicada la situación final del equipo. Deberá ser elaborado en cuadruplicado, debiendo ser presentado uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos, uno en el Servicio correspondiente y uno para registro de la Empresa.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Preventivos, habilitará para la elaboración del Acta de Conformidad del Primer Año de Mantenimiento para el pago del 35%.

La contratista deberá cumplir con este protocolo durante la vigencia del contrato.

MANTENIMIENTO CORRECTIVO: MANTENIMIENTO CORRECTIVO: El mantenimiento correctivo será realizado por el personal técnico de la empresa proveedora del servicio, al ser llamados ante cualquier problema surgido con los equipos. La empresa adjudicada deberá garantizar el correcto funcionamiento de los bienes suministrados de 08 a 17 hs., con 4 (cuatro) horas de respuesta para los equipos instalados en el Hospital Central y el Área CentralHospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi (excluyendo domingos y feriados). Deberá contar con el visto bueno del Jefe de Servicio, Administrador o Director de la localidad donde se localizarán instalados los equipos.

Los pedidos de mantenimiento correctivo serán remitidos a la Contratista a través de un correo electrónico por medio del Sistema SART de la Institución, identificados con un número de TICKET.

En caso de necesitar cambios de piezas, la contratista dispone de un plazo de 30 (treinta) días calendarios para la entrega de los mismos, desde la emisión de la Orden de Entrega (vía correo electrónico o por medio de una nota).

Luego de la recepción del repuesto, posee 48 horas para la puesta en funcionamiento del equipo a reparar. En caso de necesitar prórroga, el Contratista deberá solicitarlo por medio de una nota.

El Contratista deberá completar un Informe de Servicio por equipo, el cual describirá los trabajos de mantenimiento correctivo realizados. Se deberá indicar la situación final del equipo y el NÚMERO ID del Orden de Servicio.

El mismo deberá estar debidamente firmado por el Técnico Responsable de la Empresa, un Técnico de la Sección de Soporte Técnico de Equipos Biomédicos. Para el Área Central e Interior, deberá estar firmado por un Director o Jefe de Servicio afectado.

Dicho informe de servicio se elaborará en triplicado, debiendo ser presentados uno en el expediente de pago, uno en la Sección Soporte Técnico de Equipos Biomédicos y uno para registro de la Empresa.

Los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo solo podrán ser realizados por personal capacitado en el equipo en cuestión durante la vigencia del contrato.

La contratista deberá presentar todos los documentos en el Departamento de Electromedicina, correspondientes a los Mantenimientos Correctivos, el cual habilitará para la elaboración del Acta de Recepción Definitiva que habilitará el pago del 30%.

La contratista deberá cumplir con el mantenimiento correctivo durante la vigencia del contrato.

El incumplimiento de los requisitos de ambos mantenimientos será considerado como incumplimiento del contrato. En caso de que la contratista no dé respuesta a lo establecido, se procederá a la ejecución de la póliza de fiel cumplimiento requerida.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.

La Contratante comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. La Contratante otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencias o alteraciones de calidad, el Instituto notificará dicha irregularidad. El contratista estará obligado a sustituir a los 30 (treinta) días calendario gregoriano, a partir de la notificación de la irregularidad. Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega. Por lo tanto, al contratista que incurra en tal situación se le aplicará la penalización prevista en la cláusula de multas. Además, si el contratista no subsana los defectos, etc., dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, dicha situación podrá ser considerada como causal de rescisión del contrato por causas imputables al contratista. La subsanación de los defectos no exime al contratista de las multas y sanciones previstas en este contrato.

Si el Proveedor, después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario gregoriano, la Contratante podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que la Contratante pueda ejercer contra el Proveedor en virtud de las obligaciones establecidas en el Contrato.