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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

El desgloce de composición de los precios cuando el precio ofertado se encuentre por debajo del 25% al precio referencial y 15% por encima  del precio referencial

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

El desgloce de composición de los precios cuando el precio ofertado se encuentre por debajo del 25% al precio referencial y 15% por encima  del precio referencial.

Composición de Precios

La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:

El desgloce de composición de los precios cuando el precio ofertado se encuentre por debajo del 25% al precio referencial y 15% por encima del precio referencial.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020-2021-2022 para contribuyentes de IRACIS/IRE.

b. IVA General de los 3 (tres) últimos años (2020-2021-2022), para contribuyentes sólo del IVA General

c. Formulario 106 de los últimos años (2020-2021-2022) para contribuyentes del IRPC

d) Formulario 104 de los últimos (2020-2021-2022) años para contribuyentes de Renta Personal

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020-2021-2022 para contribuyentes de IRACIS/IRE.

b. IVA General de los 3 (tres) últimos años (2020-2021-2022), para contribuyentes sólo del IVA General

c. Formulario 106 de los últimos años (2020-2021-2022) para contribuyentes del IRPC

d) Formulario 104 de los últimos (2020-2021-2022) años para contribuyentes de Renta Personal.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

a. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los años 2020-2021-2022 para contribuyentes de IRACIS/IRE.

b. IVA General de los 3 (tres) últimos años (2020-2021-2022), para contribuyentes sólo del IVA General

c. Formulario 106 de los últimos años (2020-2021-2022) para contribuyentes del IRPC

d) Formulario 104 de los últimos (2020-2021-2022) años para contribuyentes de Renta Personal.