Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 09 de mayo de 2024
ADENDA N° 1
AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
El Director de la Unidad Operativa de Contratación (UOC) de la Justicia Electoral se dirige a ustedes en ocasión de comunicar cuanto sigue:
Conforme al análisis del Pliego de Bases y Condiciones de la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº 4/2024 para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA PARA LA JUSTICIA ELECTORAL, ID N° 445977, y de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 7021/2022 De Suministro y Contrataciones Públicas y del Decreto Reglamentario N° 9823/2023, pone a conocimiento de los potenciales oferentes y de los interesados en general, las modificaciones introducidas en el Pliego de Bases y Condiciones que pasan a formar parte del mismo.
Se deberá tener en cuenta las modificaciones de fechas Tope de Consultas, Entrega y Apertura de Ofertas, en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
Se deberán tener en cuenta las modificaciones realizadas dentro del apartado Otros criterios que la convocante requiera, de la Sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, del Pliego de Bases y Condiciones.
Se deberá tener en cuenta la modificación realizada dentro del apartado Formularios adicionales, de la Sección Formularios del Pliego de Bases y Condiciones.
La presente Adenda formará parte del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación de referencia.
Atentamente.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Sección: Formularios
- FORMULARIOS ADICIONALES
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 09 de mayo de 2024
ADENDA N° 1
AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
El Director de la Unidad Operativa de Contratación (UOC) de la Justicia Electoral se dirige a ustedes en ocasión de comunicar cuanto sigue:
Conforme al análisis del Pliego de Bases y Condiciones de la LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL Nº 4/2024 para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE IMPRESIÓN DE CARTELERÍA PARA LA JUSTICIA ELECTORAL, ID N° 445977, y de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 7021/2022 De Suministro y Contrataciones Públicas y del Decreto Reglamentario N° 9823/2023, pone a conocimiento de los potenciales oferentes y de los interesados en general, las modificaciones introducidas en el Pliego de Bases y Condiciones que pasan a formar parte del mismo.
Se deberá tener en cuenta las modificaciones de fechas Tope de Consultas, Entrega y Apertura de Ofertas, en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
Se deberán tener en cuenta las modificaciones realizadas dentro del apartado Otros criterios que la convocante requiera, de la Sección Requisitos de participación y criterios de evaluación, del Pliego de Bases y Condiciones.
Se deberá tener en cuenta la modificación realizada dentro del apartado Formularios adicionales, de la Sección Formularios del Pliego de Bases y Condiciones.
La presente Adenda formará parte del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación de referencia.
Atentamente.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Otros criterios que la convocante requiera
Sección: Formularios
- FORMULARIOS ADICIONALES
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria//pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.