Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 21 de mayo de 2024
Señores:
..
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) tiene el agrado de dirigirse a Usted/es, a fin de remitirle la presente ADENDA N° 1 que se anexa en el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Menor Cuantía Nacional para el Servicio de internet de contingencia, con ID N°444.848, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
- Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas CPS.
DIANA MARTÍNEZ Administradora de Contrato |
DIONICIO DOMÍNGUEZ Coordinador Interino de la UOC |
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/444848-servicio-internet-contingencia/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 24 de mayo de 2024
Señores:
..
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) tiene el agrado de dirigirse a Usted/es, a fin de remitirle la presente ADENDA N° 2 que se anexa en el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Menor Cuantía Nacional para el Servicio de internet de contingencia, con ID N°444.848, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
- Condiciones Contractuales
- Subcontratación
DIANA MARTÍNEZ Administradora de Contrato |
DIONICIO DOMÍNGUEZ Coordinador Interino de la UOC |
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Condiciones contractuales
- Subcontratación
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/444848-servicio-internet-contingencia/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 2124 de mayo de 2024
Señores:
..
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) tiene el agrado de dirigirse a Usted/es, a fin de remitirle la presente ADENDA N° 1 2 que se anexa en el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Menor Cuantía Nacional para el Servicio de internet de contingencia, Servicio de internet de contingencia, con ID N°444.848, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
Suministros requeridos - especificaciones técnicas- Condiciones Contractuales
Especificaciones técnicas CPS.- Subcontratación
DIANA MARTÍNEZ Administradora de Contrato | DIONICIO DOMÍNGUEZ Coordinador Interino de la UOC |
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicasCondiciones contractuales
Especificaciones técnicas - CPS- Subcontratación
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/444848-servicio-internet-contingencia/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adendahttps://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/444848-servicio-internet-contingencia/pliego/3/diferencias/2.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.