Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 20 de junio de 2024
Señores:
..
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) tiene el agrado de dirigirse a Usted/es, a fin de remitirle la presente ADENDA N° 1 que se anexa en el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Menor Cuantía Nacional para el SERVICIO TERCERIZADO DE PROFESIONALES TÉCNICOS, con ID N° 443.247, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/443247-servicio-tercerizado-profesionales-tecnicos/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
Asunción, 20 de junio de 2024
Señores:
..
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) tiene el agrado de dirigirse a Usted/es, a fin de remitirle la presente ADENDA N° 1 que se anexa en el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Menor Cuantía Nacional para el SERVICIO TERCERIZADO DE PROFESIONALES TÉCNICOS, con ID N° 443.247, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
- Capacidad Financiera
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/443247-servicio-tercerizado-profesionales-tecnicos/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.