Solicitamos a la convocante verificar todas las opciones disponibles en el mercado a fin de no direccionar innecesariamente la licitación a un único oferente considerando que en el mercado en mayor proporción existen en forma de solución inyectable por lo que solicitamos modificar la especificación técnica, como SOLUCION INYECTABLE, de la misma manera solicitamos modificar la presentación de entrega a vial sin especificar los mg de activos debido a que la capacidad del vial se realiza en ML y no así en mg.
Solicitamos a la convocante verificar todas las opciones disponibles en el mercado a fin de no direccionar innecesariamente la licitación a un único oferente considerando que en el mercado en mayor proporción existen en forma de solución inyectable por lo que solicitamos modificar la especificación técnica, como SOLUCION INYECTABLE, de la misma manera solicitamos modificar la presentación de entrega a vial sin especificar los mg de activos debido a que la capacidad del vial se realiza en ML y no así en mg.
Solicitamos a la Convocante ampliar las columnas de presentación y presentación de entrega aceptando indistintamente "vial/bolsa". Esto considerando las presentaciones disponibles en el mercado, a fin de no limitar la participación de potenciales oferentes y obtener precios mas competitivos para el producto en particular.
Solicitamos a la Convocante ampliar las columnas de presentación y presentación de entrega aceptando indistintamente "vial/bolsa". Esto considerando las presentaciones disponibles en el mercado, a fin de no limitar la participación de potenciales oferentes y obtener precios mas competitivos para el producto en particular.
Ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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CAPACIDAD TECNICA
Recomendamos a la Convocante requerir para medicamentos importados la presentación del Certificado de Buenas Prácticas emitido por uno de los países detallados en la Ley 3283/2007 para especialidades farmacéuticas y el Decreto 6611/16 para medicamentos biológicos. Esto a fin de dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente.
Recomendamos a la Convocante requerir para medicamentos importados la presentación del Certificado de Buenas Prácticas emitido por uno de los países detallados en la Ley 3283/2007 para especialidades farmacéuticas y el Decreto 6611/16 para medicamentos biológicos. Esto a fin de dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente.
Ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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ÍTEM 18. CEFTRIAXONA y ITEM 23. VANCOMICINA
Considerando que los productos en cuestión corresponden a un polvo, consultamos si no existen inconvenientes en que los mismos se encuentren acompañados de su solvente respectivo, a fin de facilitar la correcta y rápida aplicación del producto en cuestión.
Considerando que los productos en cuestión corresponden a un polvo, consultamos si no existen inconvenientes en que los mismos se encuentren acompañados de su solvente respectivo, a fin de facilitar la correcta y rápida aplicación del producto en cuestión.
Ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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ITEM 19. ULTRABIOTIC
Solicitamos modificar la presentación de entrega únicamente a "vial", sin describir la concentración del producto en dicha columna, considerando que la concentración no es lo mismo a la capacidad de almacenamiento del vial, teniendo en cuenta que el producto corresponde a una solución inyectable.
Solicitamos modificar la presentación de entrega únicamente a "vial", sin describir la concentración del producto en dicha columna, considerando que la concentración no es lo mismo a la capacidad de almacenamiento del vial, teniendo en cuenta que el producto corresponde a una solución inyectable.
Remitirse a la Adenda, en el SICP. No se especifica volumen en la presentacion.
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PRESENTACIONES DE ENTREGA
Solicitamos a la Convocante la posibilidad de modificar íntegramente la columna de presentación de entrega declarando solo el envase primario requerido para cada caso, considerando que la capacidad del vial no corresponde con los miligramos de activo del producto. Considerando que ciertos miligramos pueden disolverse indistintamente en cantidades diferentes de solventes, pueden ser 4 , 5 10 o 20 ml. Recordamos que la capacidad de vial / ampolla se mide por ML y no así por MG
Solicitamos a la Convocante la posibilidad de modificar íntegramente la columna de presentación de entrega declarando solo el envase primario requerido para cada caso, considerando que la capacidad del vial no corresponde con los miligramos de activo del producto. Considerando que ciertos miligramos pueden disolverse indistintamente en cantidades diferentes de solventes, pueden ser 4 , 5 10 o 20 ml. Recordamos que la capacidad de vial / ampolla se mide por ML y no así por MG
Ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Solicita: Certificado Vigente que acredite que el Oferente se encuentre habilitado como empresa importadora de reactivos para diagnóstico de Uso In Vitro emitido por DINAVISA.
Considerando que aun no ha finiquitado la homologación de la habilitacion de los premisos de Laboratorio Central de Salud Publica , y se encuentran vigentes según Resolución 267/2022 Se solicita modificar el texto de la siguiente manera “Certificado Vigente que autoriza la inscripción y funcionamiento de la empresa importadora de reactivos para diagnósticos, emitido por el Laboratorio Central de Salud Pública del MSPyBS y /o DINAVISA, según corresponda”.
22-07-2024
24-07-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Solicita: Certificado Vigente que acredite que el Oferente se encuentre habilitado como empresa importadora de reactivos para diagnóstico de Uso In Vitro emitido por DINAVISA.
Considerando que aun no ha finiquitado la homologación de la habilitacion de los premisos de Laboratorio Central de Salud Publica , y se encuentran vigentes según Resolución 267/2022 Se solicita modificar el texto de la siguiente manera “Certificado Vigente que autoriza la inscripción y funcionamiento de la empresa importadora de reactivos para diagnósticos, emitido por el Laboratorio Central de Salud Pública del MSPyBS y /o DINAVISA, según corresponda”.
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Solicita: Certificado Vigente que acredite que el Oferente se encuentre habilitado como empresa importadora de reactivos para diagnóstico de Uso In Vitro emitido por DINAVISA. Considerando que aun no ha finiquitado la homologación de la habilitacion de los premisos de Laboratorio Central de Salud Publica , y se encuentran vigentes según Informativo 05/2023 Se solicita modificar el texto de la siguiente manera “Certificado Vigente que autoriza la inscripción y funcionamiento de la empresa importadora de reactivos para diagnósticos, emitido por el Laboratorio Central de Salud Pública del MSPyBS y /o DINAVISA, según corresponda”.
22-07-2024
24-07-2024
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Solicita: Certificado Vigente que acredite que el Oferente se encuentre habilitado como empresa importadora de reactivos para diagnóstico de Uso In Vitro emitido por DINAVISA. Considerando que aun no ha finiquitado la homologación de la habilitacion de los premisos de Laboratorio Central de Salud Publica , y se encuentran vigentes según Informativo 05/2023 Se solicita modificar el texto de la siguiente manera “Certificado Vigente que autoriza la inscripción y funcionamiento de la empresa importadora de reactivos para diagnósticos, emitido por el Laboratorio Central de Salud Pública del MSPyBS y /o DINAVISA, según corresponda”.
Solicitamos a la convocante ampliar la presentación de entrega del ítem 19- Clindamicina de la siguiente manera: AMPOLLA/FRASCO AMPOLLA, esto a modo de dar mayor participación de posibles oferentes además de esto vuestra convocante inclusive tiene antecedentes en llamados anteriores como LPN 05-23 ID 423805 en los cuales permitió ofertas de ambas presentaciones por lo que dirigir a una sola presentación habiendo ambas siendo comercializadas en el mercado nacional no lo vemos viable e inclusive contra la disposiciones de la Ley 7021/22 Art. 4 Principio de Igualdad y Libre Competencia.
Solicitamos a la convocante ampliar la presentación de entrega del ítem 19- Clindamicina de la siguiente manera: AMPOLLA/FRASCO AMPOLLA, esto a modo de dar mayor participación de posibles oferentes además de esto vuestra convocante inclusive tiene antecedentes en llamados anteriores como LPN 05-23 ID 423805 en los cuales permitió ofertas de ambas presentaciones por lo que dirigir a una sola presentación habiendo ambas siendo comercializadas en el mercado nacional no lo vemos viable e inclusive contra la disposiciones de la Ley 7021/22 Art. 4 Principio de Igualdad y Libre Competencia.
Entendemos que no existen inconvenientes con que los productos a ser cotizados para dichos ítems se encuentren acompañados de su solvente respectivo conforme a lo declarado en el registro sanitario de cada producto. Esto considerando inclusive que esto facilita la administración y maximiza la utilización de otros productos para la dilución de los medicamentos. Favor confirmar el entendimiento.
Entendemos que no existen inconvenientes con que los productos a ser cotizados para dichos ítems se encuentren acompañados de su solvente respectivo conforme a lo declarado en el registro sanitario de cada producto. Esto considerando inclusive que esto facilita la administración y maximiza la utilización de otros productos para la dilución de los medicamentos. Favor confirmar el entendimiento.