El traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, será a cargo de la prestadora de servicios, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la prestadora. Consulta ¿Los traslados desde el Interior son para los casos que no pueden ser resueltos en la zona?
El traslado en ambulancia desde el interior del país para los casos considerados de emergencia y/o urgencia, será a cargo de la prestadora de servicios, para el titular y los beneficiarios del Contrato. La comunicación deberá ser realizada por el médico a cargo del paciente directamente a la Administración de la prestadora. Consulta ¿Los traslados desde el Interior son para los casos que no pueden ser resueltos en la zona?
Los traslados desde el interior serán cubierto por la Prestadora solo para los casos que no pueden ser resueltos en la zona, previa aprobación por el Dpto. de Auditoria Médica.
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Servicios sin Carencia
¿Cuales son los servicios que tienen carencia ya que en el Literal “F” menciona Servicios sin carencia según Anexos?
Lo relacionado a las Carencias es aclarado en el punto 21.F De la Carencia: Todos los servicios establecidos en este contrato son de vigencia inmediata para el funcionario de la Universidad y sus beneficiarios debidamente declarados, registrados y acreditados como tales al inicio del contrato o posteriormente.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS. PAG 32
Donde dice: Las atenciones de especialidades que no figuran en el listado precedente, se ajustarán a los términos del contrato, es decir, cobertura 100% en honorarios por estudios de diagnósticos, tratamientos, controles, procedimientos propios de las especialidades en consultorios e internaciones. Se entiende que se excluyen las especialidades de medicina alternativa.
Donde dice: Las atenciones de especialidades que no figuran en el listado precedente, se ajustarán a los términos del contrato, es decir, cobertura 100% en honorarios por estudios de diagnósticos, tratamientos, controles, procedimientos propios de las especialidades en consultorios e internaciones. Se entiende que se excluyen las especialidades de medicina alternativa.
Se excluyen las especialidades de Medicina Alternativa.
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HONORARIOS PROFESIONALES
En honorarios profesionales: cirugía cardiaca, cabeza y cuello, oncológica, plástica reparadora, torácica, se entiende que deben estar incluidas en el ítem de alta complejidad. Es correcta la interpretación?
En honorarios profesionales: cirugía cardiaca, cabeza y cuello, oncológica, plástica reparadora, torácica, se entiende que deben estar incluidas en el ítem de alta complejidad. Es correcta la interpretación?
Las cirugías cardiacas están incluidas en el ítem de Alta Complejidad. Las demás especialidades de cabeza y cuello, Oncología, Plástica Reparadora y Torácica se detallan la cobertura en el PBC, en los ítems de Honorarios Profesionales y de Anexo de Cirugías.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS. PAG 30
Donde dice Cirugias convencionales y no convencionales: se entiende por cirugías no convencionales a las cirugías video laparoscópicas, artroscópicas e histeroscópicas?
Donde dice Cirugias convencionales y no convencionales: se entiende por cirugías no convencionales a las cirugías video laparoscópicas, artroscópicas e histeroscópicas?
Se entiende por cirugías no convencionales a las cirugías video laparoscópicas, artroscópicas, histeroscópicas y Cirugías Láser Oftalmológicas.
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AX. Alta Complejidad
AX. ALTA COMPLEJIDAD “ 1. ABARCA LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: Todas las cirugías Neurológicas centrales y periféricos, Cardiocirugías, Vascular Periféricos, By- Pas arterio-venoso, Angioplastias, Columna Cervical, Dorsal, Lumbar y Sacro-coxígea. Se cubrirán solo los honorarios de los profesionales en Convenio con LA EMPRESA. Se cubrirá en Alta Complejidad en todos los conceptos hasta la suma de Gs. 20.000.000.”. Entendemos que referente a dicho item ALTA COMPLEJIDAD, la cobertura en todo concepto hasta la suma Gs. 20.000.000 incluye: honorarios profesionales, derecho operatorio, terapia intensiva, cama, honorarios del terapista, medicamentos y materiales descartables, interconsultas, pensión sanatorial, estudios laboratoriales y de diagnóstico.
AX. ALTA COMPLEJIDAD “ 1. ABARCA LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: Todas las cirugías Neurológicas centrales y periféricos, Cardiocirugías, Vascular Periféricos, By- Pas arterio-venoso, Angioplastias, Columna Cervical, Dorsal, Lumbar y Sacro-coxígea. Se cubrirán solo los honorarios de los profesionales en Convenio con LA EMPRESA. Se cubrirá en Alta Complejidad en todos los conceptos hasta la suma de Gs. 20.000.000.”. Entendemos que referente a dicho item ALTA COMPLEJIDAD, la cobertura en todo concepto hasta la suma Gs. 20.000.000 incluye: honorarios profesionales, derecho operatorio, terapia intensiva, cama, honorarios del terapista, medicamentos y materiales descartables, interconsultas, pensión sanatorial, estudios laboratoriales y de diagnóstico.
La cobertura en todo concepto hasta la suma Gs. 20.000.000 incluye: honorarios profesionales, derecho operatorio, Interconsultas, medicamentos y materiales descartables, Estudios de Laboratorio y de Diagnóstico, dispositivos intracardiacos (Stent medicado o no medicado), Prótesis Vasculares, Válvulas Biológicas o Mecánicas, Oxigenador de Membrana, Balón de CONTRAPULSACIÓN, Marcapaso Unicameral. La cobertura en Terapia Intensiva y en sala se regirá según contrato.
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Obligaciones del Proveedor
El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Excedentes en las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias, odontología y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos. Respecto a la obligación de proveer datos estadísticos de excedentes en las internaciones serian de cumplimiento imposible ya que estos datos son otorgados al paciente o familiar y la Contratista no cuenta con esos datos. Respecto a proveer datos sobre excedentes de odontología…este pliego no cuenta con servicios de Odontología.
El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Excedentes en las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias, odontología y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos. Respecto a la obligación de proveer datos estadísticos de excedentes en las internaciones serian de cumplimiento imposible ya que estos datos son otorgados al paciente o familiar y la Contratista no cuenta con esos datos. Respecto a proveer datos sobre excedentes de odontología…este pliego no cuenta con servicios de Odontología.
El Contratista deberá proveer mensualmente con carácter obligatorio, datos estadísticos respecto a: Cantidad total de internaciones mensual, consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios urgencias, emergencias y otros ítems que sean necesarios. Diariamente, a la mañana, al inicio de jornada, deberá proveer el listado de funcionarios y familiares de la Universidad Politécnica Taiwán-Paraguay internados en la Prestadora y Sanatorios adheridos, de manera a facilitar las auditorias de los servicios respectivos.
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OTRAS CONSIDERACIONES. PAG. 35
Donde dice: En caso de internaciones clínicas y/o quirúrgicas y/o por terapia intensiva, se agrega a las coberturas vigentes de medicamentos y materiales descartables, una cobertura de Gs.7.500.000. (Guaraníes siete millones quinientos mil). Esta cobertura será exclusivamente para Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato, no siendo extensiva a los adherentes, para los cuales se mantendrán las coberturas de medicamentos y materiales descartables vigentes sin cobertura adicional.
Solicitamos aclaración sobre la cobertura de medicamentos y materiales descartables, respecto a la cobertura de 7.500.000 que aparentemente se deben agregar a la cobertura de sala y a la cobertura de terapia cuando el paciente pertenece al grupo familiar, es decir que la cobertura de sala quedaría en 11.000.000 y 13.500.000 en terapia? de ser correcta nuestra interpretación esta cobertura estaría desproporcionada con respecto a la cuota mensual que aportaría la institución.
Donde dice: En caso de internaciones clínicas y/o quirúrgicas y/o por terapia intensiva, se agrega a las coberturas vigentes de medicamentos y materiales descartables, una cobertura de Gs.7.500.000. (Guaraníes siete millones quinientos mil). Esta cobertura será exclusivamente para Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato, no siendo extensiva a los adherentes, para los cuales se mantendrán las coberturas de medicamentos y materiales descartables vigentes sin cobertura adicional.
Solicitamos aclaración sobre la cobertura de medicamentos y materiales descartables, respecto a la cobertura de 7.500.000 que aparentemente se deben agregar a la cobertura de sala y a la cobertura de terapia cuando el paciente pertenece al grupo familiar, es decir que la cobertura de sala quedaría en 11.000.000 y 13.500.000 en terapia? de ser correcta nuestra interpretación esta cobertura estaría desproporcionada con respecto a la cuota mensual que aportaría la institución.
La cobertura de Medicamentos y descartables para las Internaciones Clínicas y Quirúrgicas en Sala Normal para el titular y cónyuge e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad demostrable será de Gs. 3.500.000 por internación y se agrega una cobertura de Gs. 7.500.000 por internación, quedando la suma total de Gs. 11.000.000 y la cobertura en Terapia Intensiva es de Gs. 6.000.000 y se agrega Gs. 7.500.000 por internación quedando la suma de Gs. 13.500.000. La cobertura para Adherentes de Medicamentos y Descartables en Internaciones Clínicas y Quirúrgicas en Sala Normal por Internación es de hasta Gs. 3.500.000 y la cobertura de Terapia Intensiva es de Gs. 6.000.000.
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F. MATERNIDAD
En el punto 10. donde dice: Tendrán cobertura de acuerdo a las condiciones de este Anexo Técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, alimentación parenteral y otros servicios médicos.
Respecto a este punto, la alimentación parenteral será cubierta dentro de los límites de medicamentos y descartables?, y los otros servicios médicos se darán dentro de lo que establece el contrato.
En el punto 10. donde dice: Tendrán cobertura de acuerdo a las condiciones de este Anexo Técnico, aquellos niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación. Entiéndase por cobertura a aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la prematurez: internaciones clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, alimentación parenteral y otros servicios médicos.
Respecto a este punto, la alimentación parenteral será cubierta dentro de los límites de medicamentos y descartables?, y los otros servicios médicos se darán dentro de lo que establece el contrato.
La cobertura de niños nacidos antes de las 37 semanas de gestación son los gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la Prematurez, internaciones Clínicas y/o quirúrgicas, luminoterapia, alimentación parenteral y otros servicios médicos que se estarán dentro de lo que establece el contrato. La alimentación Parenteral será cubierta dentro de los límites de medicamentos y descartables.
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Especificaciones tecnicas. Servicio de Telemedicina
Servicio de Telemedicina hasta 3 (tres) consultas por mes por grupo familiar (Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato). Para el cumplimiento de este punto la Contratatista indicara en su listado la especialidad y los profesionales que utilizan esta modalidad
24-08-2021
26-08-2021
Especificaciones tecnicas. Servicio de Telemedicina
Servicio de Telemedicina hasta 3 (tres) consultas por mes por grupo familiar (Titular, conyugue e Hijos/as solteros/as, menores hasta cumplir 25 años de edad, hijos discapacitados mentales y/o físicos de incapacidad manifiesta demostrable, sin límites de edad, por año durante la vigencia del contrato). Para el cumplimiento de este punto la Contratatista indicara en su listado la especialidad y los profesionales que utilizan esta modalidad
La Contratista presentara el listado por especialidad y los profesionales que utilizarán esta modalidad una vez adjudicado, previa a la firma del contrato de Prestación de Servicios.